Consejo de Estado ordena repetir elección del contralor en Colombia: así es el proceso

La nueva elección del contralor fue ordenada por el Consejo de Estado, luego de tumbar la elección de Carlos Rodríguez en el cargo.

Dejan en firme fallo por obra de pavimentación incompleta de Ecopetrol en Norte de Santander
Dejan en firme fallo por obra de pavimentación incompleta de Ecopetrol en Norte de Santander. Foto: Senado
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Este jueves, 25 de mayo, la Sala Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad de la elección de Carlos Rodríguez Becerra como contralor de Colombia. Ante esto, el alto tribunal ordenó al Congreso realizar una nueva elección del contralor.

El Consejo de Estado tumbó la elección de Rodríguez al considerar que hubo vicios en el trámite. Esto, por una resolución de la Mesa Directiva del Congreso que, el 3 de agosto de 2022, cambió los criterios de evaluación de contralor.

“Estos cambios tuvieron lugar después de que ya se conocían los resultados de la prueba de conocimientos y de la valoración de las hojas de vida efectuada por la Universidad Industrial de Santander”, señaló el máximo tribunal de lo contencioso administrativo en Colombia.

Eso, y el hecho de que se formuló sin necesidad una tercera lista de elegibles para la jefatura de la Contraloría, hicieron que la Sala Quinta tomara la decisión de ordenar una nueva elección de contralor.

Así sería la nueva elección de contralor en Colombia

La elección de contralor en Colombia está reglamentada en la ley 1904 de 2018. Esta define que dicho trámite lo hace el Congreso en pleno, por mayoría absoluta. Además, que se debe hacer en el primer mes de sesiones y tiene un periodo de 4 años, igual al del presidente.

Es decir, aunque no se ha definido, la nueva elección sería para completar el periodo de Rodríguez y no para uno de cuatro años más.

Para llegar a esto, una comisión accidental de la Cámara de Representantes formula una lista de 10 elegibles. Esa lista se hace con los candidatos que se presenten luego de la convocatoria hecha por la Mesa Directiva del Congreso dos meses antes de la primera legislatura del año de la elección.

Quienes están en esa lista deben cumplir los requisitos de ser colombiano, tener más de 35 años, y tener título universitario o haber sido profesor universitario por, mínimo, 5 años.

Las etapas del proceso de elección son 8:

  • La convocatoria.
  • La inscripción.
  • Lista de elegidos.
  • Pruebas.
  • Criterios de selección.
  • Entrevista.
  • La conformación de la lista de seleccionados.
  • Elección.
Elección del contralor Carlos Rodríguez
El Consejo de Estado tumbó la elección de Carlos Rodríguez como contralor por vicios en el proceso. Foto: Tomada de Contraloría de Arauca.

La respuesta de Rodríguez al proceso en su contra

El ahora excontralor pidió, sin éxito, que fueran denegadas las pretensiones que tumbaban su elección.

Recomendado: Los argumentos del Consejo de Estado para tumbar la elección de Carlos Rodríguez como contralor

Para empezar, aseguró que la tercera lista de elegibles se hizo con base en órdenes proferidas por los tribunales superiores de Medellín y Administrativo de Cundinamarca. En ese sentido, dijo que “no es posible afirmar que se desconoció un mejor derecho de otros aspirantes, puse se designó a quien obtuvo los mayores méritos” (refiriéndose a él).

Sobre la modificación de los criterios de evaluación, dijo que “obedeció a la orden impartida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca”.

Y aseguró que sí se cambió, a pesar de que ya se conocían los resultados del examen, fue debido a que “se omitió darle valor a la entrevista de los 20 candidatos seleccionados por la Universidad Industrial de Santander”.

A pesar de estos argumentos, el Consejo de Estado resolvió que se realice una nueva elección de contralor, realizándose un nuevo proceso de elección desde la convocatoria.

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