Consejo de Estado confirmó decisión que niega registro de la marca “Juriscoop”: el BanRep intervino

El banco central de Colombia se opuso al registro de esta marca, dada la similitud con el sistema de información “Juriscol”.

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La marca “Juriscoop”, utilizada por la cooperativa financiera del mismo nombre (hoy Grupo Empresarial Juriscoop), no pasó el examen en el Consejo de Estado, que le dio la razón a la Superintendencia de Industria y Comercio, la cual negó su registro, por guardar similitudes con una base de datos del Estado.

De acuerdo con la sentencia del alto tribunal, la sociedad Juriscoop Ltda. solicitó en 2003 el registro como marca del signo “Juriscoop» para identificar servicios financieros, hecho que llamó la atención del Banco de la República, que se opuso a esta solicitud.

El papel del banco central en este caso tiene que ver con “Juriscol”, una base de datos jurídica que hasta 2014 estuvo a cargo del emisor, y posteriormente pasó a manos del Ministerio de Justicia, tras vencerse el contrato de comodato de 20 años que tenía la Nación con el Banco de la República.

Sin embargo, antes de que el BanRep dejara de administrar esta base de datos, presentó su negativa a que la marca Juriscoop fuera autorizada, hecho que fue validado por la SIC, tras un ir y venir de actos administrativos, que dejaron como resultado la negativa de esta entidad al registro de la marca.

Lo que dijo la SuperIndustria en relación con este caso, en su respuesta al , es que “entre el signo y las marcas confrontados no existen diferencias ortográficas y/o visuales, por lo que resultaría posible que aquellas generen un riesgo de confusión a la vista del consumidor, quien no sabrá determinar cuál es el origen de uno y otro servicio, lo que a su vez dificultará el proceso de adquisición de aquellos en el mercado”.

Foto: tomada del sitio web de Juriscoop.
Foto: tomada del sitio web de Juriscoop.

Por el contrario, para Juriscoop, la marca en discusión sí es susceptible de ser registrada porque es notoriamente conocida, “y reprochó que dicha consideración no fue tenida en cuenta por la SIC al momento de realizar el estudio de registrabilidad del signo cuestionado”, destaca el fallo del alto tribunal.

Lo que dijo el Consejo de Estado para negar el registro de la marca “Juriscoop”

En la sentencia de la Sección Primera del Consejo de Estado se explica que “de acuerdo con los lineamientos trazados por el tribunal y del análisis del signo y las marcas opositoras confrontados, la sala encuentra que entre ellos se observan similitudes significativas desde el punto de vista ortográfico”.

Se dijo también que “encuentra que las expresiones “Juriscoop” y “Juriscol” guardan similitudes en cuanto a su composición gramatical, particularmente porque el signo cuestionado reproduce la partícula “Juris” que constituye la raíz de la marca opositora, la cual guarda su fuerza distintiva y genera mayor poder de recordación en la mente del consumidor”.

Para el Consejo de Estado, “puede predicarse la existencia de similitud desde el punto de vista fonético, pues el hecho de que el signo cuestionado reproduzca la raíz de la marca opositora, sin que la adición de la partícula “OP” logre diferenciarla de forma efectiva en el mercado, sugiere la existencia de un riesgo de confusión en el consumidor al encontrarse con los servicios y productos ofertados por los empresarios respectivos”.