Recientemente, el Consejo de Estado decidió suspender de manera temporal el decreto del incremento del salario mínimo que fue decretado por el presidente Petro en los últimos días de 2025.
La entidad destacó que esta decisión se toma mientras se efectúa el estudio de fondo sobre la legalidad. El auto ordena que se suspenda de manera provisional y pide, de manera temporal, que las entidades fijen un salario mínimo por medio de una decisión administrativa transitoria.
Asimismo, ordena al Gobierno que, “dentro de los ocho días calendario contados a partir del día siguiente a la notificación, realicen, expidan y publiquen un decreto en el se fije el porcentaje transitorio de aumento del salario mínimo legal para el año 2026”.

¿Cómo se debe fijar el nuevo salario mínimo, según los criterios del Consejo de Estado?
El documento publicado por el Consejo de Estado mencionó que se debe hacer la fijación de manera unilateral para que se acoja la totalidad de los criterios previstos por el ordenamiento jurídico.
En ese sentido, el alto tribunal destacó que se deben atender parámetros cautelares para adoptar el valor transitorio del nuevo salario mínimo para este 2026.
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La entidad mencionó que, para tener en cuenta el nuevo salario mínimo, el Gobierno Nacional deberá tener en cuenta la meta de inflación que se fijó por parte de la Junta Directiva del Banco de la República para este 2026.
Además, la “Productividad acordada por el Comité Tripartito de Productividad que coordina el Ministerio del Trabajo: productividad total de factores 0,91%, productividad laboral por hora trabajada 0,57%, productividad por persona empleada -0,32% y productividad media del trabajo OCDE 0,07%”.
Otro aspecto relevante, es que se tenga presente la inflación real del año 2025, según el Índice de Precios al Consumidor, la cual se calcula de manera anual y que para el 2026 se fijó en el 5,10 %.




