Salario mínimo tendría varios cambios en el año: Así sería el ingreso básico que propone Petro

Ante la expectativa por el valor del salario mínimo, el presidente Petro hizo una propuesta que impactaría a los trabajadores.

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Tras la decisión del Consejo de Estado de suspender de manera provisional el Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025 —norma que fijaba un aumento del 23 % al salario mínimo para 2026 y lo ubicaba en $1.750.905—, el presidente Gustavo Petro y el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, señalaron que el monto podría ser revisado e incluso superar el valor inicialmente decretado.

El ministro Sanguino explicó que la providencia del alto tribunal abre un espacio de análisis jurídico y económico alrededor del concepto constitucional de salario vital y móvil. Según indicó, “el auto del Consejo de Estado nos invita a examinar, a la luz de las circunstancias económicas actualizadas, cómo aplica el concepto de salario vital establecido en el artículo 53 de la Constitución Nacional”.

El funcionario agregó que este artículo también consagra la noción de salario vital y móvil, la cual ha sido objeto de interpretaciones por parte de la Corte Constitucional. A su juicio, esa figura puede adquirir prevalencia frente a otros factores que deben considerarse conforme a la Ley 278 de 1996, entre ellos la inflación, la productividad, la contribución del trabajo al producto interno bruto y el crecimiento económico.

En esa línea, tanto el ministro como el presidente Petro insistieron en la idea de que el salario mínimo no necesariamente tendría un valor fijo durante los doce meses del año. La propuesta apunta a que el ingreso pueda ajustarse de acuerdo con el comportamiento de la economía nacional.

El mandatario sostuvo que, bajo este enfoque, si las condiciones económicas cambian de manera significativa, el salario también debería modificarse para reflejar dichas variaciones y proteger el ingreso real de los trabajadores.

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Salario Mínimo. Foto: Presidencia – istockphoto.com – Andrzej Rostek

¿Cuál sería el alcance del salario mínimo vital y móvil?

Para precisar el alcance jurídico de la propuesta, el abogado laboralista Darío Ramírez, socio de Serrano Martínez CMA, explicó que el salario mínimo vital y móvil es una figura consagrada en el artículo 53 de la Constitución Política.

“El salario mínimo vital corresponde a la remuneración mínima a la cual tiene derecho todo trabajador en Colombia que labora una jornada completa. Su movilidad está representada en el ajuste que anualmente se realiza en atención a factores económicos como la productividad, el costo de vida y la inflación. La movilidad procura proteger el poder adquisitivo del salario con fundamento en dichos indicadores”, señaló.

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El experto añadió que el carácter mínimo y vital exige que el ingreso sea suficiente para cubrir las necesidades básicas del trabajador y de su familia, evitando que la remuneración pierda capacidad adquisitiva con el tiempo. Recordó que el incremento anual se define, en primera instancia, por la Comisión de Concertación de Políticas Laborales y Salariales y, en ausencia de acuerdo, mediante decreto del Gobierno nacional, conforme a las directrices del artículo 8 de la Ley 278 de 1996.

Ramírez también indicó que, para salarios superiores al mínimo legal, el índice de precios al consumidor (IPC) funciona como un parámetro que permite mantener la movilidad salarial y evitar la pérdida del poder de compra.

El jurista subrayó que el salario mínimo vital y móvil no debe confundirse con el concepto de salario vital en sentido amplio promovido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), conocido en inglés como living wage.

Según explicó, este último es un criterio orientador y de carácter aspiracional, considerablemente más amplio, pues incorpora condiciones de vida digna relacionadas con vivienda, alimentación, salud, educación, transporte, recreación y ahorro. Tales variables dependen de las particularidades de cada economía e incluso de cada región o ciudad.

“Se trata de un estándar que varía entre países, regiones y localidades, debido a las diferencias en costos de vida y estructuras económicas”, precisó.