El bloqueo repentino de cuentas bancarias por deudas tributarias es una situación a la que pueden enfrentarse tanto personas naturales como jurídicas en Colombia. Esta medida no requiere una orden judicial previa y puede ejecutarse mediante procesos de cobro coactivo adelantados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) o las Secretarías de Hacienda de cada territorio.
En 2024, la cartera vencida por conceptos tributarios como el impuesto predial, de vehículos, y de industria y comercio superó los $13 billones, según cifras oficiales. De ese total, más de $7 billones corresponden exclusivamente a deudas tributarias. A pesar de los constantes llamados de las autoridades, la respuesta de los contribuyentes sigue siendo limitada: en noviembre del año pasado, solo el 10 % de los 100.000 contactados regularizó su situación fiscal.
“Estamos viendo una tendencia preocupante. Muchas personas descubren el embargo cuando ya no pueden mover su dinero. Por eso es fundamental mantener actualizados los datos en el RUT y consultar periódicamente el estado tributario”, advierte Sara Valbuena, socia de Ventus Consultores, firma especializada en asesoría financiera y fiscal.
¿Cuáles son los sectores más impactados con esta medida?
Durante 2025, las estrategias de cobro se han intensificado de manera significativa. La DIAN y las administraciones tributarias locales han fortalecido el uso de embargos y otras acciones para recuperar una cartera vencida estimada en 1,2 billones de pesos. Entre las medidas adoptadas, se destacan los bloqueos a más de 4.700 cuentas bancarias pertenecientes a más de 8.000 contribuyentes, muchos de ellos pequeñas y medianas empresas (pymes).
“El problema con los embargos no es solo la congelación de los recursos disponibles. También afecta directamente la operatividad de las pymes, debilita la confianza de sus proveedores y puede comprometer su reputación en el mercado”, explica Valbuena.
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En ese contexto, destaca la relevancia de las facilidades de pago como herramienta para aliviar la presión financiera. “Las condiciones actuales son más flexibles. Hoy, una empresa puede suscribir un acuerdo de pago con una cuota inicial reducida al 10 % y sin necesidad de presentar garantías si el plazo del acuerdo es menor a un año”, precisa.
Expertos coinciden en que la mejor defensa ante este tipo de sanciones es la prevención. Consultar regularmente los portales de las Secretarías de Hacienda, presentar derechos de petición informativos y contar con asesoría legal adecuada son acciones que pueden marcar una diferencia significativa entre mantener la estabilidad financiera o enfrentar una crisis inesperada.
“Una empresa no puede darse el lujo de ignorar su situación fiscal. Lo que comienza como una deuda menor puede escalar rápidamente hasta poner en riesgo su operación. La gestión tributaria proactiva es clave para garantizar la continuidad del negocio”, concluye Valbuena.