La condición que le impusieron a dueños de Andrés Carne de Res para poder reabrir sus locales

La SIC se pronunció sobre las condiciones que deberá asumir Andrés Carne de Res para poder abrir de nuevos sus locales.

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La Superintendencia de Industria y Comercio ordenó el cierre inmediato de los locales de Andrés Carne de Res en la Calle 3 No. 11A – 56 del municipio de Chía (Cundinamarca) y en la Calle 82 No. 12–15/21, locales 201 a 205, 301 a 305, 405 a 407 y terraza de Bogotá D.C.

La decisión del ente de control, según la misma SIC, debe aplicarse con efecto inmediato por encontrar algunas deficiencias que generaría afectación directa a los usuarios.

Andrés Carne de Res.
Andrés Carne de Res. Foto: Valora Analitik.

Dijo la SIC que se detectaron en Andrés Carne de Res deficiencias críticas en las instalaciones eléctricas y de gas combustible, entre ellas conductores eléctricos expuestos a daños físicos, deficiencias en tableros de distribución y ausencia de sistemas de protección contra sobrecargas.

Así mismo, se evidenció la falta de ventilación adecuada en zonas con presencia de gas combustible, uniones sin protección anticorrosiva y ausencia de dispositivos de seguridad exigidos por los reglamentos técnicos.

La fuerte sanción que podría asumir Andrés Carne de Res

Por cuenta de lo anterior, la SIC aseveró que “estas condiciones constituyen un alto riesgo de incendio, explosión o intoxicación”, se lee en el comunicado.

La condición para que Andrés Carne de Res pueda volver a operar tiene en cuenta que la empresa debe aportar las pruebas que acrediten el cumplimiento de los reglamentos técnicos aplicables y corregir las deficiencias encontradas.

Lo anterior “con el fin de eliminar los riesgos identificados, y posteriormente proceder al levantamiento de las medidas preventivas”, añade la SIC.

Finalmente, la entidad recordó la necesidad del cumplimiento estricto de los reglamentos técnicos, toda vez que es fundamental para garantizar la seguridad de los consumidores y prevenir accidentes derivados de la manipulación inadecuada de la energía eléctrica o el gas combustible.

Andrés Carne de Res
Andrés Carne de Res en Bogotá. Foto: Andrés Carne de Res

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“La infracción a los reglamentos técnicos y/o el incumplimiento de las órdenes impartidas, podrá dar lugar a la imposición de multas de hasta dos mil salarios mínimos legales mensuales vigentes, conforme con el artículo 61 de la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor)”, concluyó la SIC en el caso de Andrés Carne de Res.