El Registro de Información Tributaria (RIT) es un mecanismo que sirve para identificar a las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes, declarantes o agentes de retención.
De igual manera, también sirve para identificar a los demás sujetos de obligaciones tributarias distritales que requiera su inscripción.
¿Quiénes deben inscribirse en el RIT?
- Quienes por primera vez tienen una relación con la SDH para el pago de impuestos y no se encuentran registrados en la base de datos de la Entidad.
- Toda persona que desee acceder a los servicios de la Oficina Virtual y que no cuente con la información suficiente en el momento de realizar su autenticación dentro de ella.
- Aquellas personas que tienen alguna relación tributaria con el Distrito.
- Para los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio, el plazo de inscripción es dentro de los dos (2) meses siguientes al inicio de actividades.
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Así puede sacar el RIT en Bogotá
Para sacar el RIT en Bogotá, desde este lunes, 27 de marzo, y hasta el viernes, 31 de marzo, las personas que necesiten obtener o actualizarlo, sean naturales o jurídicas, pueden solicitarlo en la feria virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH).
Para hacerlo deberá ingresar al sitio web Secretaría Distrital de Hacienda, reserve una cita con un orientador, seleccionando fecha y hora disponibles, y diligencie todos los datos.
Es importante que registre un correo electrónico activo, ya que allí se le enviará la información de enlace (zoom) y la programación de la cita virtual, inmediatamente haga la solicitud. Si esto no aparece en la bandeja de entrada, debe revisar la carpeta de correos no deseados (spam).
Durante estos cinco días, se espera atender virtualmente a 160 personas diarias, quienes obtendrán de inmediato su certificado.
Recuerde que el RIT también se puede pedir en el sitio web de la SDH, en el botón “RIT-Solicita tu RIT”, donde se diligencia el formato web y se cargan los documentos en formato PDF, de acuerdo con el tipo de persona.
Si es persona natural, se debe tener la copia actualizada y digitalizada del Registro Único Tributario (RUT), que emite la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN); una copia del documento de identidad por ambas caras y el formato de solicitud.
Para las personas jurídicas, se requiere un certificado de Cámara de Comercio (con una vigencia menor a 30 días) y las uniones temporales o consorcios deben adjuntar el acuerdo consorcial y la copia de la cédula del representante legal.
Luego de la validación respectiva de los documentos, la Entidad procederá a expedir el RIT y a enviarlo al correo electrónico registrado por los contribuyentes.