En Colombia, cuando se firma un contrato de arrendamiento, surgen dudas frecuentes sobre quién debe asumir los gastos notariales. Aunque la mayoría de los contratos de arriendo de vivienda urbana se realizan de forma privada y no requieren autenticación o protocolización en notaría, en algunos casos las partes deciden elevarlos a escritura pública o autenticarlos para mayor seguridad jurídica. Esto implica costos que no todos conocen con claridad.
De acuerdo con la Superintendencia de Notariado y Registro, la autenticación de firmas o la protocolización de un contrato de arrendamiento no es obligatoria por ley, salvo que exista un acuerdo previo entre arrendador y arrendatario, o cuando se trate de inmuebles de uso comercial donde la protocolización sí pueda ser solicitada por una de las partes para mayor respaldo. En estos casos, el pago de los gastos notariales debe regirse por lo que se pacte expresamente en el contrato.
¿Cómo se realizan los cobros notariales?
El artículo 197 del Código General del Proceso establece que, en general, los costos de autenticación y protocolización de documentos que beneficien a ambas partes se deben asumir por mitades, salvo que se acuerde lo contrario.
Esto significa que, si un contrato de arrendamiento se autentica porque ambas partes lo consideran conveniente, lo ideal es que los gastos se dividan en partes iguales. Sin embargo, si la autenticación o protocolización es solicitada solo por una de las partes, la carga económica debería recaer en quien hace la solicitud.
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Por ejemplo, si un arrendador exige que el contrato sea autenticado para formalizar el arriendo, y esta condición no fue acordada previamente, él debería cubrir los costos asociados. Por el contrario, si el arrendatario solicita la autenticación para tener un respaldo adicional, sería él quien deba asumir el gasto.
En cuanto al valor, las notarías en Colombia cobran tarifas reguladas por la Superintendencia de Notariado y Registro, que se actualizan cada año. En 2025, la autenticación de una firma tiene un costo promedio de entre $4.000 y $5.000, mientras que la protocolización de un documento puede costar entre $15.000 y $25.000, dependiendo de su extensión y del número de copias.
Los expertos en derecho inmobiliario también recomiendan que, más allá de lo que dice la ley, las partes dejen establecido en el contrato quién asume estos gastos para evitar conflictos posteriores.
En resumen, la ley no impone una obligación general de pagar gastos notariales en contratos de arrendamiento, ya que estos solo surgen cuando voluntariamente se decide autenticarlos o protocolizarlos. En tal caso, lo ideal es que se compartan por mitades, aunque puede pactarse de otra forma. La clave está en que el acuerdo quede claro y firmado para evitar malentendidos durante la vigencia del contrato.