La prima de servicios es una obligación legal que deben recibir todos los trabajadores formales del paÃs. Por ello, las empresas están en el deber de realizar el respectivo pago en dos momentos del año: una parte a mitad de año y la otra en diciembre.
Este derecho, consagrado en el artÃculo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, establece que la prima correspondiente al primer semestre debe ser pagada a más tardar el 30 de junio. El valor de la prima equivale a un mes de salario por cada año trabajado, pero se liquida en dos pagos semestrales, proporcionalmente al tiempo laborado durante cada periodo.
Es fundamental tener en cuenta que la prima de servicios no constituye una bonificación voluntaria, sino una prestación social de carácter obligatorio. Se trata de un derecho adquirido por los trabajadores y, como tal, su cumplimiento no está sujeto a la discrecionalidad del empleador. La legislación es clara al indicar que este pago debe efectuarse de manera Ãntegra, sin fraccionamientos ni acuerdos que dilaten su entrega. Es decir, el trabajador debe recibir el valor completo que le corresponde en la fecha estipulada.
¿Qué hacer si una empresa no paga la prima de servicios?
En caso de que una empresa incumpla con el pago de la prima, el trabajador tiene derecho a presentar una reclamación directa ante la misma. Si no recibe una respuesta favorable, puede acudir a una oficina de inspección laboral para obtener asesorÃa y presentar una queja formal. Esta acción podrÃa dar lugar a una audiencia de conciliación en la que se busque un acuerdo que garantice el pago correspondiente.
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Si no se logra una solución por esta vÃa, el trabajador puede presentar una demanda ante el Ministerio del Trabajo. Este proceso no requiere la intervención de un abogado, salvo que el valor a reclamar supere los veinte salarios mÃnimos mensuales legales vigentes.
El incumplimiento de esta obligación puede acarrear consecuencias económicas significativas para las empresas. La normativa vigente contempla multas que pueden alcanzar hasta cinco mil salarios mÃnimos mensuales legales vigentes. Además, el empleador podrÃa enfrentar sanciones de tipo judicial y administrativo, lo que afectarÃa su situación jurÃdica y reputación ante el Ministerio de Trabajo.