Estos carros tendrán prohibido el tránsito durante el puente festivo: Evite sanciones

Estas medidas tiene como objetivo mejorar la movilidad durante el puente festivo.

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Con motivo de la llegada de un nuevo puente festivo en Colombia, el Instituto Nacional de Vías (Invías) emitió un comunicado con el fin de garantizar una movilidad más eficiente y segura en las principales carreteras del país. La entidad informó que se aplicarán restricciones a la circulación de ciertos vehículos, especialmente aquellos destinados al transporte de carga con una capacidad superior a las 3,4 toneladas.

El objetivo de esta medida es optimizar el flujo vehicular y reducir los riesgos de congestión en los corredores más transitados, teniendo en cuenta el alto volumen de desplazamientos que se registrará durante el fin de semana festivo. La restricción busca también fortalecer la seguridad de los usuarios de la vía, minimizando posibles accidentes provocados por el tráfico pesado en horarios de alta demanda.

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Movilidad en puente festivo en Bogotá Foto: IDU

¿Cómo será la restricción para vehículos de carga en este puente festivo?

En cuanto a los detalles, Invías precisó que, para las salidas desde la capital del país, la medida se aplicará el viernes desde las 3:00 p. m. hasta las 10:00 p. m. En el departamento de Cundinamarca, los vehículos de carga pesada no podrán transitar por corredores clave como Melgar, Calarcá, Tebaida, Fusagasugá e Ibagué, entre otros, con el propósito de evitar embotellamientos y mejorar la movilidad en estas rutas estratégicas.

Para el sábado 16 de agosto, la restricción tendrá un horario ampliado. Comenzará a regir desde las 6:00 a. m. y se mantendrá a lo largo del día en diversas vías, en ambos sentidos de circulación. El domingo 17, la medida aplicará desde las 3:00 p. m. hasta las 11:00 p. m., especialmente en los trayectos de retorno hacia Bogotá, momento en el que se espera un alto flujo de viajeros regresando a la ciudad.

Adicionalmente, el lunes 18 se implementará el esquema de pico y placa regional para facilitar el ingreso a la capital. Entre las 12:00 m. y las 4:00 p. m. podrán circular únicamente los vehículos cuyas placas terminen en 0, 2, 4, 6 y 8. Posteriormente, de 4:00 p. m. a 8:00 p. m., la circulación estará permitida para los vehículos con placas terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9. Esta medida pretende distribuir el ingreso vehicular a Bogotá en franjas horarias, evitando congestiones masivas en los accesos principales.

Invías advirtió que la información sobre los horarios y rutas de restricción podría estar sujeta a modificaciones de acuerdo con las condiciones del tráfico o eventualidades que puedan surgir durante el puente festivo. Por esta razón, la entidad recomendó a los conductores de transporte de carga consultar previamente las actualizaciones oficiales antes de iniciar su viaje, a fin de evitar sanciones por incumplimiento.