La Corte Constitucional ha declarado como inexequible el decreto que anunciaba la emergencia económica en el departamento de La Guajira, emitido por el presidente Gustavo Petro hace unos meses.
Kenneth Burbano Villamarin, director del Observatorio Constitucional de la Universidad Libre, explica que lo anterior significa que el decreto no logró superar los requisitos que la Constitución, la ley estatutaria y la jurisprudencia que en su conjunto exigen para declarar un estado de emergencia, que debe ser una situación excepcional.
Así las cosas, la Corte encontró que el estado de excepción debe ser el último recurso, pero para esta crisis estructural de La Guajira lo idóneo son los recursos ordinarios, que tiene el presidente y el Congreso, no las facultades extraordinarias de la declaratoria de emergencia.
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¿Qué significan los efectos diferidos del decreto?
La Corte decidió declarar, ‘efectos diferidos’ a esta decisión por el término de un (1) año, contados a partir de la expedición del Decreto 1085 de 2 de julio de 2023.
Lo anterior según lo explica Burbano, quiere decir que el decreto se mantiene vigente por un año, a pesar de que fue declarado contrario a la constitución, pero solamente respecto de la amenaza de agravamiento de la crisis humanitaria por la menor disponibilidad de agua, solo para este asunto, solo lo referido a agua.
El mensaje de la Corte al presidente Petro
Una sentencia de inconstitucionalidad diferida, o de constitucionalidad temporal, ha explicado la Corte, es aquella por medio de la cual el juez constitucional constata, en este caso el con el decreto 1085, que retirarlo inmediatamente del ordenamiento jurídico, ocasionaría “una situación peor, a aquella que se quiere conjurar o abordar”.
Por eso, se exhorta, hace un llamado al Gobierno nacional y al Congreso de la República para que, en ejercicio de sus funciones legales ordinarias, adopten las medidas necesarias para superar la grave crisis humanitaria, porque se considera que el problema es estructural, no imprevisto o súbito, en el departamento de La Guajira.
El futuro de los 12 decretos que emitió el Gobierno de Petro para La Guajira
El abogado constitucionalista considera que la Corte deberá analizar cada uno de los decretos, “porque si bien fue cierto inexequible, todavía hay una constitucionalidad temporal, esto es, que el decreto seguirá rigiendo hasta el 2 julio del 2024, justamente para enfrentar la crisis humanitaria que podría agravarse por la falta de agua”.
De acuerdo con el experto, se deben analizar para saber si los decretos guardan relación o desarrollan esta materia de la menor disponibilidad de agua.
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Aunque es una afirmación común que la suerte del accesorio está ligada a la del principal, es relevante destacar que, en este caso, el decreto fue declarado inexequible, a excepción de la disposición relacionada con la menor disponibilidad de agua.
Por lo tanto, para determinar la naturaleza de la materia y evaluar si estos decretos cumplen con los requisitos formales y sustantivos necesarios, la Corte debe llevar a cabo una revisión exhaustiva de los mismos.
“No por ello no hay un efecto automático de declaratoria de los demás decretos”, aclara Burbano.