Fiscalía solicita precluir investigación y caso contra expresidente Álvaro Uribe

La Fiscalía General de la Nación solicitó hoy la preclusión del proceso a favor del expresidente Álvaro Uribe, respecto al caso de soborno de testigos que se adelantaba en su contra.

Álvaro Uribe, expresidente de Colombia. Foto: Archivo Valora Analitik
Álvaro Uribe, expresidente de Colombia. Foto: Archivo Valora Analitik

La solicitó hoy la preclusión del proceso a favor del expresidente y exsenador Álvaro Uribe, respecto al caso de soborno de testigos que se adelantaba en su contra.

La preclusión se da luego que el proceso pasara a la justicia ordinaria y la Fiscalía practicara más de 70 pruebas.

La preclusión de una investigación es interpretado como un mecanismo procesal mediante el cual se da por terminado el proceso penal en forma anticipada a la sentencia, en tanto que se cumplen algunas de las causales señaladas expresamente por el legislador para el efecto.

Es una figura usual de los procesos penales en los que el Estado es el titular de la acción penal y tiene a su cargo la tarea de desvirtuar la presunción de inocencia que ampara al procesado.

De acuerdo con la Fiscalía, varias conductas por las cuales se vinculó al expresidente no pueden ser consideradas como delitos. Aunque aclara que en el caso pudo haber actuaciones delictivas, la Fiscalía explicó que no hay elementos para determinar que Uribe haya sido coautor o partícipe de estas.

“Luego de la valoración integral de los elementos materiales probatorios, la evidencia física y la información legalmente obtenida durante el curso del proceso, el fiscal del caso estableció que varias de las conductas por las cuales se vinculó jurídicamente al excongresista no tienen la característica de delito, y otras que sí lo son, no se le pueden atribuir como autor o participe”, apuntó la Fiscalía.

También indicó que la investigación para realizar la solicitud se realizó en el marco del ordenamiento jurídico.

“Estas conclusiones responden a la aplicación de los parámetros fijados en la Ley 906 de 2004 (Sistema Penal Acusatorio) y serán expuestas en diligencia pública ante el juez Penal del Circuito que disponga el sistema de reparto. Las mismas podrán ser controvertidas por el procesado y su defensa, el agente especial de la Procuraduría General de la Nación, y de quienes reclaman su calidad de víctimas con sus apoderados”, concluyó la Fiscalía al respecto.  

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