Gobierno de Colombia podrá invertir en deuda de empresas por emergencia del coronavirus

- Publicidad -   De acuerdo con el Decreto 444 de 2020, por medio del cual se crea el Fondo de Mitigación de Emergencias (Fome) para hacer frente a las necesidades económicas del país derivadas del coronavirus, el Gobierno Nacional podrá invertir en deudas de empresas. “El Gobierno Nacional podrá invertir en instrumentos de capital […]

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Foto: Archivo Valora Analitik

 

De acuerdo con el Decreto 444 de 2020, por medio del cual se crea el Fondo de Mitigación de Emergencias (Fome) para hacer frente a las necesidades económicas del país derivadas del coronavirus, el Gobierno Nacional podrá invertir en deudas de empresas.

“El Gobierno Nacional podrá invertir en instrumentos de capital o deuda emitidos por empresas privadas, públicas o mixtas, incluyendo acciones con condiciones especiales de participación, dividendos o recompra, entre otras”, dice el Decreto.

Estas inversiones se harían con los recursos que tenga a disposición el Fome.

La normativa estipula que las decisiones de inversión en los instrumentos de capital o deuda de las empresas deberán ser evaluadas en relación con las necesidades sociales y económicas que ha generado el coronavirus.

“Dichas inversiones se podrán efectuar aún cuando al momento de su realización se esperen resultados financieros adversos, o que tengan rendimientos iguales a cero o negativos”, finaliza el Decreto.

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