Desde la Presidencia de Gustavo Petro solicitaron que el presidente de la Corte Constitucional, Jorge Enrique Ibáñez, sea apartado y no tenga voto en la discusión de la reforma pensional, un expediente que lleva varios meses represado en el alto tribunal.
La solicitud se sustenta en una entrevista concedida por Ibáñez al diario El Tiempo. Según el Gobierno, las opiniones públicas del magistrado podrían interpretarse como un prejuzgamiento, lo que comprometería su imparcialidad en un asunto de alto impacto económico y social.
Ibáñez ha sido un crítico recurrente de las decisiones del primer mandatario y ha protagonizado fuertes reparos frente al Gobierno Petro. En esta oportunidad, la recusación está directamente vinculada a sus declaraciones sobre la reforma pensional, una iniciativa que lleva cerca de un año bajo estudio de los nueve magistrados de la Sala Plena de la Corte Constitucional y frente a la cual se espera un pronunciamiento de fondo en el corto plazo.
Ahora será la Sala Plena de la Corte Constitucional la encargada de estudiar si admite o no esta nueva recusación y de definir si el magistrado Jorge Enrique Ibáñez debe apartarse del análisis del caso. De prosperar, sería la segunda vez, en pocos días, que el Ejecutivo busca excluirlo de decisiones clave.
La primera estuvo relacionada con la revisión del decreto de emergencia económica. Esta nueva recusación fue interpuesta el pasado 21 de enero por el secretario jurídico de la Presidencia, Augusto Alfonso Ocampo Camacho.
En el documento, el Gobierno sostiene que, aunque Ibáñez no actúa como magistrado ponente, su condición de presidente de la Corte y miembro de la Sala Plena lo convierte en decisor directo, tanto en asuntos incidentales.
La recusación se apoya en una entrevista concedida el 18 de enero, en la que el magistrado se refirió explícitamente al trámite del decreto de emergencia y a la posibilidad de decretar una suspensión provisional. Según el escrito, Ibáñez fue más allá de una explicación pedagógica de la jurisprudencia y anticipó una orientación decisoria al señalar que la Corte debía “revisar y ampliar la jurisprudencia” para permitir la suspensión provisional de decretos dictados durante estados de excepción, “en este caso del estado de emergencia”.
Con la recusación presentada, la Corte quedaría habilitada para resolver el trámite sin la participación de su presidente, y todo apunta a que el alto tribunal optaría por no suspender los efectos del decreto mientras se adopta una decisión definitiva.




