Gobierno publicó el decreto de medidas tributarias de la emergencia económica: Estos son los nuevos impuestos

El Gobierno justificó las medidas extraordinarias en una serie de "hechos sobrevinientes" que han desestabilizado las finanzas públicas.

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El Gobierno colombiano promulgó el Decreto Legislativo 1474 de 2025, mediante el cual se adoptan medidas tributarias urgentes para enfrentar el Estado de Emergencia ante una crisis fiscal que se ha venido agravando y amenaza la prestación de servicios públicos esenciales.

La administración justifica estas medidas extraordinarias basándose en una serie de «hechos sobrevinientes» que han desestabilizado las finanzas públicas.

Entre los puntos clave se encuentran la no aprobación en el Congreso de la reforma tributaria para 2026, que dejó un vacío de $11 billones en el Presupuesto General de la Nación, así como el haber alcanzado los límites de endeudamiento permitidos por la Regla Fiscal y agotado las alternativas posibles.

A esto se suma el cumplimiento de fallos judiciales, el pago de deudas de subsidios eléctricos y de combustibles heredadas, y el acatamiento de autos de la Corte Constitucional sobre el sistema de salud.

El decreto también menciona la necesidad de recursos para atender a la población afectada por la ola invernal y la urgencia de adquirir tecnología (como drones) para enfrentar nuevas formas de violencia que afectan a líderes sociales y la fuerza pública.

El ministro de Hacienda, Germán Ávila, reveló ayer en rueda de prensa cuáles son los impuestos que se cobrarán a partir del 1 de enero de 2026, los cuales quedaron consignados en la normativa.

Estos son los nuevos impuestos

1. Impuestos al Consumo y al Valor Agregado (IVA)

Licores y cigarrillos: El IVA para licores, vinos y aperitivos sube al 19 % durante 2026. Asimismo, se incrementan las tarifas del impuesto al consumo de cigarrillos ($11.200 por cajetilla) y se gravan por primera vez los vapeadores y sistemas electrónicos con o sin nicotina.

Apuestas en línea: Los juegos de suerte y azar operados por internet, que antes gozaban de beneficios, ahora estarán gravados con el IVA sobre sus ingresos brutos.

Compras internacionales (minimis): Se reduce el umbral de exención de IVA para importaciones de tráfico postal y envíos urgentes de US$200 a US$50.

Bienes de lujo: Vehículos de alta gama, motos de alto cilindraje, yates y aeronaves verán su impuesto nacional al consumo elevado al 19 %.

2. Impuestos a la riqueza y al sector financiero

Patrimonio: Se amplía la base gravable reduciendo el umbral de entrada de 72.000 UVT a 40.000 UVT, con tarifas marginales que llegan hasta el 5 % para los patrimonios más altos.

Sobretasa a bancos: Las instituciones financieras deberán pagar 15 puntos adicionales sobre la tarifa general del impuesto de renta, elevando su carga total al 50 % en 2026.

3. Impuestos al sector extractivo

Hidrocarburos y carbón: Se crea un impuesto temporal del 1 % sobre la primera venta o exportación de petróleo crudo y carbón. Además, se ratifica la no deducibilidad de las regalías de la base del impuesto de renta, bajo una fórmula técnica que busca ajustarse a los precedentes de la Corte Constitucional.

4. Medidas de recaudo inmediato

Normalización tributaria: Se establece un impuesto del 19 % para que los contribuyentes legalicen activos omitidos o eliminen pasivos inexistentes.

Amnistías transitorias: Se autoriza la reducción de hasta el 85 % en sanciones e intereses para quienes se pongan al día con sus obligaciones tributarias antes del 31 de marzo de 2026.

El Gobierno enfatizó en que estas medidas se rigen por el principio de solidaridad, exigiendo un mayor esfuerzo a quienes poseen mayor riqueza para evitar el colapso de los servicios esenciales del Estado.