Vivir en conjuntos residenciales implica acatar una serie de normas que no solo están contempladas en la Ley 675 de 2001, sino también en los reglamentos internos de cada propiedad horizontal. Estas disposiciones buscan garantizar una adecuada convivencia y el uso ordenado de las áreas comunes, entre ellas los parqueaderos.
Uno de los aspectos más relevantes tiene que ver con la destinación de los espacios de estacionamiento. La Ley 675 establece que los parqueaderos deben ser de uso exclusivo para cada propietario o, en su defecto, comunitario para todos los residentes, según lo determine el reglamento de propiedad horizontal correspondiente. En consecuencia, el uso de estos espacios se encuentra claramente delimitado y no puede ser alterado de forma arbitraria por los copropietarios.

¿Se puede parquear más de un vehÃculo en un espacio dentro de un conjunto?
Pese a esta disposición, es común que algunos residentes intenten parquear más de un vehÃculo dentro del espacio asignado. Frente a esta práctica, la normativa establece que está prohibido estacionar más de un vehÃculo en un mismo espacio si esto genera obstrucciones, invade zonas comunes o pone en riesgo la integridad de otros automóviles.
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Es decir, aunque la ley no impide estrictamente que se utilice el espacio para más de un vehÃculo, sà exige que se respeten los lÃmites fÃsicos del área asignada y que no se afecte la movilidad o seguridad de los demás residentes.
Para tal fin, es fundamental tener en cuenta las dimensiones mÃnimas sugeridas para los parqueaderos dentro de los conjuntos residenciales. De acuerdo con los estándares establecidos, estos espacios deben contar, al menos, con 2,5 metros de ancho por 4,5 metros de largo. No obstante, estas medidas pueden variar según las caracterÃsticas especÃficas del conjunto o las disposiciones técnicas del proyecto de construcción.
Además de la normatividad general, cada copropiedad puede establecer reglas adicionales sobre el uso de los parqueaderos a través de sus reglamentos internos. Por ejemplo, puede restringirse el número de vehÃculos por espacio, siempre que estas decisiones hayan sido aprobadas previamente por la asamblea de copropietarios. En ese sentido, es esencial que los residentes conozcan y respeten lo dispuesto en los estatutos de su conjunto residencial.
El incumplimiento de estas normas puede acarrear sanciones económicas, establecidas y reguladas por los órganos de administración del conjunto. Entre las infracciones más comunes se encuentran el uso indebido del parqueadero, la invasión de áreas comunes o el bloqueo de rutas de circulación vehicular.
Por otro lado, parquear más de un vehÃculo en un espacio reducido no solo transgrede las normas, sino que también puede dificultar las maniobras de entrada y salida, generando riesgos de colisión con otros vehÃculos. Por esta razón, las autoridades del conjunto suelen recomendar que cada espacio sea utilizado exclusivamente para un solo automóvil, garantizando asà la seguridad de todos los usuarios.