Listo el decreto que reglamenta los pilotos de fracking en Colombia

- Publicidad - El Gobierno Nacional publicó el decreto por medio del cual se reglamenta y regula el desarrollo de los pilotos de yacimientos no convencionales (fracking) en Colombia. La normativa define que los pilotos “son procesos experimentales, científicos y técnicos, de temporal, que se desarrollan en un polígono específico, y que buscan: recopilar información […]

Listo el decreto que reglamenta los pilotos de fracking en Colombia

El Gobierno Nacional publicó el decreto por medio del cual se reglamenta y regula el desarrollo de los pilotos de yacimientos no convencionales (fracking) en Colombia.

La normativa define que los pilotos “son procesos experimentales, científicos y técnicos, de temporal, que se desarrollan en un polígono específico, y que buscan: recopilar información ambiental, técnica, operacional y dimensionamiento los yacimientos no convencionales (YNC) que requieran el uso de la técnica de fracturamiento hidráulico multietapa con perforación horizontal ­ su extracción;  generar conocimiento para fortalecimiento institucional; promover la participación ciudadana, la transparencia y acceso a la información; y  evaluar los efectos la fracturamiento hidráulico multietapa con perforación horizontal, las condiciones diseño, vigilancia, monitoreo y control que se establezcan”.

El decreto sostiene que las personas jurídicas que quieran realizar los proyectos pilotos deberán solicitarlo a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), para lo cual deberán cumplir con los requisitos que dicha agencia establezca para este propósito, acorde con la ubicación geográfica que determine el Ministerio de Minas y Energía.

“La Agencia Nacional de Hidrocarburos determinará los mecanismos contractuales o las modificaciones a los mismos, según corresponda, para el desarrollo de los mencionados proyectos”, dice el decreto.

También dice que los pilotos estarán sujetos a la expedición de la licencia ambiental correspondiente, para lo cual el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en el marco de sus competencias, expedirá los términos de referencia, sin perjuicio de la aplicación de los principios ambientales de que trata la Ley 99 de 1993 y será la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla) la que deberá evaluar las solicitudes de licencia ambiental y pronunciarse sobre su otorgamiento en los plazos definidos por la normativa vigente.

Según la normativa, los pilotos se desarrollarán en tres etapas: etapa de condiciones previas (donde se piden todas las licencias), etapa concominante (en la que se otorga la licencia y se empieza a practicar la técnica de fracturamiento hidráulico multietapa con perforación horizontal) y la etapa de evaluación (en la que se publican los resultados de la práctica).

Los pilotos contarán con acompañamiento institucional y participación ciudadana para garantizar su transparencia y elaboración.

Para continuar con el proceso de reglamentación de los proyectos piloto de investigación integral (PPII), el Ministerio de Minas y Energía expedirá la resolución técnica que fijará los requerimientos exigibles para el desarrollo de los pilotos en áreas con despliegue de técnicas de fracturamiento hidráulico multietapa en yacimientos no convencionales  mediante perforación horizontal, así como la definición de las variables a monitorear para recopilar información y adelantar la evaluación final de los proyectos piloto.

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expedirá los términos de referencia para el proceso de licenciamiento ambiental al cual estarán sujetas las empresas que estén interesadas en desarrollar los PPII. La solicitud de licenciamiento ambiental se tramitará ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales.

Adicionalmente, el Ministerio del Interior establecerá la regulación sobre los aspectos sociales y el relacionamiento territorial, conjuntamente con el Ministerio de Minas y Energía y la Agencia Nacional de Hidrocarburos.

Finalmente, la Agencia Nacional de Hidrocarburos expedirá un acuerdo que habilitará los mecanismos contractuales necesarios para poder desarrollar los PPII.

El año pasado, el Consejo de Estado mantuvo las medidas cautelares para hacer fracking en Colombia, pero dio aval para desarrollar los proyectos piloto de investigación integral.

Consulte el decreto aquí.

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