Llevar mascotas al trabajo tendrá nuevas reglas en Colombia: fallo fija parámetros clave

Llevar mascotas al trabajo tendrá nuevas reglas en Colombia. Un fallo judicial puso plazo a los ministerios y definió qué aspectos deberán regular.

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Cada vez más personas consideran a sus perros y gatos parte de su familia y buscan tenerlos cerca durante la jornada laboral. Para algunos trabajadores, poder llevar sus mascotas a la oficina puede facilitar el cuidado del animal; para las empresas, sin embargo, también implica definir cómo garantizar la convivencia, la higiene y la seguridad de todos.

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En Colombia, esta posibilidad ya está contemplada en la reforma laboral, pero todavía faltaban reglas específicas para orientar su aplicación. Por eso, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió un fallo que obliga al Ministerio del Trabajo y al Ministerio de Salud y Protección Social a expedir los lineamientos para la tenencia responsable de animales en los entornos laborales.

Las dos entidades tendrán tres meses para cumplir la orden judicial, que busca establecer condiciones claras tanto para los empleadores como para los trabajadores. La decisión se tomó después de que dos ciudadanos promovieran una acción de cumplimiento al considerar que los ministerios no habían expedido las reglas dentro del plazo previsto por la ley.

¿Qué ordenó el Tribunal sobre las mascotas en el trabajo?

La sentencia fue emitida el 8 de septiembre de 2026 por la Sección Primera, Subsección B, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, con ponencia del magistrado Moisés Rodrigo Mazabel Pinzón.

Ley pondría a dueños de mascotas a hacer un registro

La corporación accedió a las pretensiones de los ciudadanos Carlos Mario Salgado Morales y Jhonathan Felipe Córdoba Fajardo, quienes acudieron a la justicia para exigir el cumplimiento del parágrafo del artículo 56 de la Ley 2466 de 2025, mediante la cual se expidió la reforma laboral.

La orden establece que el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Salud deben actuar de manera coordinada para expedir las reglas sobre la presencia responsable de animales en los lugares de trabajo. El plazo fijado por el Tribunal es de tres meses.

La decisión no significa que, desde ahora, todos los empleados puedan llevar libremente sus mascotas a cualquier oficina. Lo que hace el fallo es exigir la expedición de los lineamientos que deben orientar esta práctica, con condiciones mínimas para prevenir problemas de salud, seguridad y convivencia.

¿Qué dice la reforma laboral sobre llevar perros y gatos al trabajo?

El artículo 56 de la Ley 2466 de 2025 contempla la posibilidad de que los empleadores permitan el ingreso de animales de compañía, específicamente perros y gatos, dentro de sus políticas de bienestar y de los llamados entornos laborales flexibles.

La norma señala: “El empleador o la empleadora podrá adoptar dentro de las políticas de bienestar, entornos laborales flexibles, permitiendo el ingreso a los animales de compañía, específicamente perros y gatos.”

La expresión clave es “podrá”. Esto significa que la ley contempla la posibilidad de permitir el ingreso de estos animales, pero no establece una obligación general para todas las empresas de convertirse en espacios que admitan mascotas.

En la práctica, una compañía podría considerar esta alternativa dentro de sus políticas internas de bienestar. Sin embargo, deberá tener en cuenta las condiciones que se establezcan en los lineamientos oficiales y las responsabilidades que correspondan a cada parte.

La reforma también contempla un tratamiento específico para los animales de asistencia, apoyo emocional o uso terapéutico. En estos casos, el artículo establece que el empleador deberá permitir su ingreso cuando el trabajador presente el certificado que respalde la necesidad de apoyo físico, psicológico o emocional, emitido por un profesional de psicología o psiquiatría.

Esta disposición es diferente de la que se refiere a las mascotas de compañía. Por eso, no debe confundirse la posibilidad de llevar un perro o un gato como animal de compañía con las condiciones previstas para los animales que brindan asistencia o apoyo terapéutico.

¿Qué reglas deberán cumplir los trabajadores y las empresas en cuanto a las mascotas?

Uno de los puntos centrales del fallo es que los ministerios no pueden limitarse a emitir una autorización general. La ley establece los temas mínimos que deben incluir los lineamientos, con el propósito de que la presencia de animales en los espacios laborales se maneje de forma responsable.

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Entre los aspectos que deberán contemplarse están:

  • Condiciones de salud animal: requisitos relacionados con el estado de salud de los animales que ingresen a los lugares de trabajo.
  • Medidas de bioseguridad: pautas para prevenir riesgos sanitarios y proteger a quienes comparten el espacio.
  • Protocolos de convivencia: reglas para manejar la interacción entre animales, trabajadores y demás personas presentes en el lugar.
  • Responsabilidades del empleador y del trabajador: obligaciones que deberán asumir las partes para garantizar una tenencia responsable.
  • Procedimientos ante emergencias o conflictos: mecanismos de actuación cuando se presente una situación que comprometa la seguridad o la convivencia.

Estos puntos podrían ser relevantes, por ejemplo, en una oficina donde varios empleados compartan espacios con sus mascotas. La empresa necesitará reglas para manejar situaciones como la interacción entre animales, los riesgos sanitarios o los incidentes que puedan afectar a otros trabajadores.

Seguros médicos para mascotas

No obstante, la sentencia no establece por sí misma requisitos concretos como vacunas específicas, uso obligatorio de correa, restricciones por tamaño o raza, ni zonas determinadas para la permanencia de los animales. Esos detalles no deben darse por definidos hasta conocer el contenido de los lineamientos que expidan las autoridades.

Los dos ciudadanos que promovieron la acción de cumplimiento señalaron que la Ley 2466 de 2025 concedió a los ministerios doce meses para expedir las reglas sobre tenencia responsable de animales en entornos laborales. Como la reforma entró en vigor el 25 de junio de 2025, el plazo venció el 25 de junio de 2026.

Según los antecedentes examinados por el Tribunal, los accionantes enviaron requerimientos a las dos entidades el 26 de junio de 2026 para solicitar el cumplimiento de esa obligación.

Durante el proceso, el Ministerio del Trabajo argumentó que la expedición de los lineamientos requería la participación coordinada de distintas autoridades y que la reglamentación implicaba una labor compleja, especialmente por los cambios de gobierno y de los equipos ministeriales.

El Tribunal no aceptó esa explicación como razón para aplazar el cumplimiento. En la sentencia señaló que la obligación legal identifica a las entidades responsables, establece qué deben hacer y fija un plazo concreto.

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La corporación también advirtió que aceptar que los cambios de gobierno impidan cumplir estos mandatos podría hacer que una obligación legal expresa perdiera efectividad.