Menores ingresos de AFP por decreto 558 en Colombia impactarán liquidez de la Bolsa

- Publicidad -   Luego que el Gobierno de Colombia publicara ayer el decreto 558 por medio del cual adoptó medidas en el sistema general de pensiones para brindar mayor liquidez a los empleadores y trabajadores en medio de la crisis generada por el coronavirus, lo cual ha sido valorado como muy positivo por el […]

Banco de Occidente colocó bonos en Bolsa de Colombia con demanda superior al billón de pesos
Bolsa de Valores de Colombia. Foto: Archivo Valora Analitik

 

Luego que el Gobierno de Colombia publicara ayer el decreto 558 por medio del cual adoptó medidas en el sistema general de pensiones para brindar mayor liquidez a los empleadores y trabajadores en medio de la crisis generada por el coronavirus, lo cual ha sido valorado como muy positivo por el sector empresarial, gremios y analistas, también han surgido dudas sobre el impacto que tendrá en los mercados y los costos para el sistema de cotización en general.

Para Jairo Agudelo, gerente de Investigaciones Económicas en Renta Variable de Bancolombia, sin embargo, las grandes empresas incluyendo a importantes emisores de la Bolsa de Valores (bvc) no se acogerían mucho a esta medida por sus criterios de responsabilidad social, por lo que ve es más un salvavidas para pequeñas y medianas empresas (Pymes).

“Lo más positivo de este decreto es que ayuda a proteger caja a las compañías para que puedan preservar el empleo y puedan pagar, por dos meses, menos prestaciones en la parte pensional y evitar que se dispare un desempleo absurdo, por lo cual veo es algo muy positivo para las que se quieran acoger”, indicó.

No obstante, la medida también traería efectos negativos como impacto en los mercados de valores y en renta variable, debido a los menores ingresos de las AFP, lo cual golpearía la liquidez de la Bolsa.

Esto pues los fondos de pensión se encuentran entre los actores más compradores del mercado, por lo que, con menores ingresos, de los cuales cerca del 70% se destinan bajo los fondos de mayor riesgo, “va haber disminución en el apetito comprador por falta de recursos frescos y menor liquidez en el mercado de acciones”, agregó Agudelo.

Bajo esta dinámica, “pensaría que los afiliados a fondos que son de pequeñas y medianas empresas, serían poco más del 50% como parte de ese espectro. Si las compañías se acogen a pagar el 3% permitido por el decreto, esto podría tener un impacto en los flujos de las AFP cercano al billón de pesos, lo cual sería la mitad. Sin embargo, la reducción dependerá de qué tantas empresas se acojan al decreto. Eso está por verse”, apuntó el directivo de Bancolombia.

¿Y en materia de rentabilidad para afiliados?

Pablo Medina, gerente de inversiones de la consultora Mercer, explicó de otro lado, analizando otras vertientes del decreto que “como en toda crisis económica, los problemas se desatan por el eslabón más débil, la liquidez. Es así como el alivio en el pago de contribución a las pensiones, que según nuestras estimaciones alcanza alrededor de US$700 millones mensuales, siempre que se use para salvar puestos de trabajo se percibe como una medida adecuada. Es preferible dejar de cotizar dos meses, si ese es el costo necesario para que se siga cotizando por los siguientes 30 meses, que es el escenario se supone ocurriría si se destruyen esos puestos de trabajo”.

A su vez, explicó que dichas medidas deben venir siempre precedidas de las razones adecuadas, es decir situaciones realmente extraordinarias, como la actual crisis, y en cualquier caso deben tener una muy corta duración. “Estimamos que los dos meses de suspensión de contribuciones de los que habla el decreto equivalen entre el 1% y el 2% de ahorros pensionales que se dejan de realizar”, apuntó.

En cuanto el impacto a futuro en temas como la rentabilidad de los ahorros pensionales, Medina explicó que el decreto actual no contempla una medida de “des-atraso” de esas contribuciones que se dejan de hacer durante los meses de abril y mayo, es decir no pospone la contribución, la cancela.

“En ese orden de ideas, ese 1-2% que se deja de capitalizar, tendrá que ser reemplazado con un mayor tiempo de cotización. Es decir, estos dos meses que se dejan de cotizar, tendrán que ser reemplazados con dos o más meses adicionales de contribuciones al final o durante la vida laboral de cada trabajador, si se tiene en cuenta que los rendimientos que esas contribuciones que se dejan de hacer hoy también se dejan de percibir. Definitivamente la medida tiene un efecto sobre el tamaño de las tasas de reemplazo futuras, sin embargo, creemos que el efecto que el dejar de trabajar de manera formal durante periodos extendidos de tiempo sería mucho mayor sobre la misma tasa de reemplazo futura, y sobre el bienestar financiero presente de esos empleados que de otra manera perderían sus puestos de trabajo”, complementó el directivo de Mercer.

¿Cuánto tiempo es conveniente para el decreto 558?

Para la consultora Mercer, los dos meses que contempla el decreto en Colombia en la actualidad son prudentes. En este sentido, señala, casos cercanos como los de Perú donde se contempla el retiro de hasta una cuarta parte de las cuentas individuales de capitalización, tendrían un efecto en la tasa de reemplazo difícilmente corregible con medidas de mercado.  

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