Nueva multa de más de $1 millón que enfrentarán motociclistas: También les quitarán el vehículo

Esta iniciativa pondrá freno a motociclistas y les pondrá multa por una acción que es muy habitual entre los conductores.

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Con el propósito de proteger el medio ambiente y mejorar la calidad de vida de la ciudadanía, el presidente Gustavo Petro sancionó en marzo de 2025 la denominada Ley Antirruido, una normativa orientada a enfrentar la creciente contaminación auditiva en el país.

Esta legislación establece un marco regulatorio para controlar y sancionar las fuentes de ruido que alteran la tranquilidad pública, incluyendo aquellas vinculadas al tránsito vehicular. Aunque su alcance es general y contempla diversas fuentes de contaminación sonora -como maquinaria pesada, eventos masivos o establecimientos comerciales-, uno de sus enfoques principales son las motocicletas, debido a que muchos de estos vehículos generan niveles de ruido superiores a los permitidos, lo que ha motivado un alto número de denuncias por parte de la ciudadanía.

La proliferación de motocicletas con sistemas de escape modificados ha sido una de las causas más reportadas, ya que estas alteraciones elevan el nivel de ruido por encima de los estándares aceptables.

¿De cuánto es la multa por superar los decibeles de ruido para motociclistas?

Ante esta situación, la ley faculta al Ministerio de Transporte para definir los parámetros técnicos aplicables y establecer un umbral máximo de decibeles permitido a nivel nacional. En el caso específico de las motocicletas, dicho límite se mantiene en 86 decibeles. Superar este nivel tendrá consecuencias de carácter económico y operativo para los infractores.

¿Cuáles son las infracciones de tránsito que no tendrán inmovilización para las motos?
Multa a motociclistas por ruido que supere 86 decibeles. Foto: archivo Valora Analitik

La norma entrará en vigencia en septiembre de 2025. A partir de esa fecha, quienes incumplan lo dispuesto podrán ser sancionados con multas que van desde $604.000, correspondientes a la infracción C28 por alterar la tranquilidad pública, hasta $1.208.000, en los casos en que se excedan los límites de emisiones acústicas o contaminantes establecidos por la ley. Además, se contempla la posibilidad de inmovilizar el vehículo infractor hasta que se retire o modifique el dispositivo responsable del exceso de ruido.

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La Policía Nacional será la autoridad encargada de hacer cumplir la normativa. Tendrá la facultad de identificar, registrar y desactivar temporalmente los elementos que amplifiquen el sonido por encima de lo autorizado, como resonadores o escapes alterados.

Cabe destacar que esta iniciativa fue impulsada por el representante a la Cámara Daniel Carvalho, en colaboración con el abogado ambientalista Camilo Quintero, quienes promovieron la creación de esta ley como respuesta a una problemática que afecta tanto al bienestar ciudadano como al equilibrio ambiental.