Con la entrada en vigencia del nuevo reajuste del salario mínimo en Colombia a partir de 2026, las obligaciones económicas relacionadas con la cuota alimentaria también experimentan cambios relevantes. Este compromiso no solo tiene un carácter financiero, sino que constituye una responsabilidad legal orientada a garantizar condiciones dignas de vida para niños, niñas y adolescentes, de acuerdo con el marco normativo que rige en el país. En ese sentido, el aumento del ingreso base de los trabajadores incide directamente en la actualización de los montos destinados a la manutención de los menores.
Para el año 2026, el salario mínimo mensual legal fue establecido en $1.750.905. Al sumarle el auxilio de transporte, el ingreso total de quienes devengan el mínimo se aproxima a los $2.000.000. Este incremento mejora la capacidad de pago de los trabajadores y, al mismo tiempo, se convierte en un referente para la fijación o el reajuste de las cuotas alimentarias. Las disposiciones que regulan esta materia se encuentran principalmente en el Código Civil y en la Ley 1098 de 2006, conocida como el Código de Infancia y Adolescencia, cuyo objetivo central es la protección integral de los derechos fundamentales de los menores de edad.
La legislación colombiana establece que la obligación de proporcionar alimentos recae de manera equitativa sobre ambos padres, sin distinción de género. Esta responsabilidad se mantiene, en principio, hasta que el hijo o la hija alcance la mayoría de edad. No obstante, la ley prevé que la obligación puede extenderse hasta los 25 años, cuando el joven continúa en proceso de formación académica y no cuenta con ingresos propios que le permitan cubrir sus necesidades básicas. De esta forma, se busca evitar que la falta de recursos económicos afecte el acceso a la educación y el desarrollo personal.
Para definir el valor de la cuota alimentaria, las autoridades competentes analizan dos criterios fundamentales. El primero se relaciona con las necesidades del menor, que incluyen no solo la alimentación, sino también la vivienda, la educación, la atención en salud, el vestuario y otros gastos indispensables para su desarrollo integral. El segundo criterio corresponde a la situación económica de los padres, ya que cada uno debe aportar de acuerdo con sus ingresos reales y su capacidad de pago, procurando un equilibrio entre las obligaciones y los recursos disponibles.

¿Qué padres deben pagar cerca de $1 millón de cuota alimentaria?
En el caso de quienes perciben el salario mínimo, la normativa contempla que la cuota alimentaria puede alcanzar hasta el 50 % de los ingresos mensuales. Con el reajuste vigente, este porcentaje podría representar una suma de $875.452. Sin embargo, es importante precisar que este valor no se aplica de manera automática ni uniforme. La fijación de un monto de este nivel suele darse mediante orden judicial, especialmente en procesos donde existen embargos de salario por deudas relacionadas con el incumplimiento de la obligación alimentaria.
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El monto final de la cuota depende de múltiples factores, entre ellos el número de hijos, los gastos específicos de cada menor y las condiciones particulares del núcleo familiar. Cuando existen varios hijos, la suma destinada a la manutención se distribuye de forma proporcional, con el fin de garantizar que todos cuenten con recursos suficientes para cubrir sus necesidades básicas.
La cuota alimentaria puede establecerse inicialmente por mutuo acuerdo entre los padres. Dicho acuerdo debe formalizarse ante una autoridad competente, como un Centro de Conciliación, una Comisaría de Familia o una Inspectoría de Policía, para que tenga plena validez legal. Si no se logra un consenso, cualquiera de las partes puede acudir ante un juez de familia. En ese escenario, el juez evaluará las pruebas aportadas, como certificaciones de ingresos, recibos de gastos y otros documentos pertinentes, y fijará el monto que considere justo y necesario, siempre priorizando el interés superior del menor.




