Presidente de la Corte sale al paso a señalamientos de Petro sobre presunta dilación de la reforma pensional

El magistrado Ibáñez aclaró varios puntos frente a las afirmaciones del jefe de Estado.

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El presidente de la Corte Constitucional, magistrado Jorge Enrique Ibáñez, respondió a las críticas lanzadas por el presidente Gustavo Petro en relación con la reforma pensional.

Petro lanzó críticas contra el presidente del alto tribunal por la decisión de aplazar la entrada en vigor de la reforma pensional para hacer subsanar problemas de forma.

“¿Por qué se obstaculiza solo porque Petro presentó el proyecto, el que siendo ya Ley de la República, que no se vuelva ley aplicable en Colombia? No estoy de acuerdo con eso, espero que la Corte Constitucional reflexione. Nos ha acompañado hasta ahora en estos derechos para la gente de la tercera edad”, apuntó.

Además, señala que argumentan que “no quedó bien subsanado, y quieren que se queme unos días para que el magistrado último que se eligió se posesione, intentando inhabilitarlo”.

A través de una comunicación oficial, el magistrado Ibáñez aclaró varios puntos frente a las afirmaciones del jefe de Estado.

Porun lado desmintió estar detrás de una supuesta estrategia para hundir la reforma, como sugirió el presidente Petro en declaraciones recientes. Explicó que el Auto 841 del 17 de junio de 2025, que ordena la subsanación del trámite legislativo, aún no ha sido firmado en su totalidad, ya que se encuentra en proceso de recolección de firmas por parte de los magistrados.

Por otro lado, Informó que el asunto será llevado a la Sala Plena del próximo 23 de julio, donde se definirá la situación del expediente.

Además, Ibáñez recordó que, tras la publicación del comunicado de prensa sobre el Auto 841, el Gobierno Nacional convocó a sesiones extraordinarias, y la Cámara de Representantes adelantó actuaciones legislativas de las cuales aún no ha rendido informe a la Corte Constitucional.

Por esta razón, el proceso permanece suspendido hasta que se formalice la firma del Auto 841 y, posteriormente, se analice el informe que debe remitir la Cámara.