Primicia | Colombia exportará energía solo de térmicas que operen con combustibles líquidos

El Gobierno Nacional ha tomado medidas para las exportaciones de energía de Colombia a países vecinos en el Fenómeno de El Niño

Con Green Klik, empresas certifican consumo de energía para reducir emisiones
Con Green Klik, empresas certifican consumo de energía para reducir emisiones. Imagen: Evening_tao en Freepik

Desde semanas atrás varios gremios del sector de eléctrica de Colombia han alertado y pedido al Gobierno del presidente Gustavo Petro revisar, incluso, detener las exportaciones de energía que el país tiene con vecinos como Ecuador, para evitar un estrés mayor al que ya está dejando los inicios del .

A inicios de septiembre, la Asociación Colombiana de Grandes Consumidores de Energía Industriales y Comerciales (Asoenergía) había pedido al Gobierno del presidente Gustavo Petro ser consecuente frente a las restricciones de gas natural que está afrontando la industria nacional.

Lo anterior porque, tras la crisis de gas que hubo en agosto, no se había encontrado una solución a la crisis de gas que estaba afrontando el norte del país, mientras que -de acuerdo con el gremio- sí se exporta energía a Ecuador “utilizando plantas de generación a gas para atender esta demanda”.

Recientemente, Natalia Gutiérrez, presidente de la Asociación Colombiana de Generadores de Energía Eléctrica (Acolgen), hizo un llamado al , la Comisión de Energía y Gas (CREG) y a XM para revisar las condiciones de intercambio de energía eléctrica con Ecuador, dada la actual coyuntura energética.

“Ello, sin dejar de acompañar al país vecino en la coyuntura de apagones que está viviendo cuando nos sea posible como país”, precisó la líder gremial.

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En su momento explicó que, aunque hasta ahora, Colombia cuenta con la energía suficiente para superar el Fenómeno de El Niño, es importante cuidar los recursos (agua y gas) y estar preparados para lo que pueda presentarse en los próximos meses.

Al respecto, ministro de Minas y Energía de Colombia, Omar Andrés Camacho, había destacado -el 11 de octubre- que, en efecto, hay unos compromisos, contratos y tratados internacionales que se deben preservar. “Estamos revisando los balances de energía a la fecha. Ha sido más lo que nosotros hemos recibido de energía que lo que hemos exportado y como vamos a un periodo del Fenómeno de El Niño, estamos revisando las condiciones bajo las cuales se podría entregar la energía”, indicó Camacho.

En su momento agregó que es una situación que se seguía analizando, “pero como en todos estos aspectos hay que mantener los equilibrios y garantizar que no se incumplan los contratos, que tengamos la energía que necesitamos de vuelta en el momento que sea necesario y garantizar que el sistema siga funcionando”, expuso el ministro Camacho.

No obstante, el ministro firmó una la Resolución 40619 del 14 de octubre de 2023, por la cual se adoptan medidas transitorias para las exportaciones de electricidad durante el Fenómeno de El Niño 2023-2024.

¿Qué medidas tomó el Gobierno de Colombia ante las exportaciones de energía?

De acuerdo con la nueva normativa, que acaba de entrar en vigor este sábado, sobre exportaciones de energía eléctrica durante el Fenómeno de El Niño, las ventas al exterior de este recurso se realizarán únicamente haciendo uso de generación de plantas térmicas que operen con combustibles líquidos que no se requieran en el despacho económico para cubrir demanda total doméstica o nacional.

Para dar cumplimiento a lo establecido en este artículo, el Centro Nacional de Despacho (CND) será el encargado de garantizar la normativa apoyado de las reglas establecidas por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG).

Vale decir que el Administrador del Sistema Intercambios Comerciales (ASIC) liquidará y facturará todos los costos en los que incurra el mercado exportador.

Para tal fin, el ASIC tendrá en cuenta la información operativa de las exportaciones programadas a plantas térmicas operando con combustibles líquidos y deberá reflejar la aplicación de estas medidas de liquidación al menos a partir de la versión final de la liquidación del primer día de aplicación de estas medidas.

En ningún caso, la energía generada por estas plantas, para la atención de las exportaciones de electricidad, deberá afectar los costos de las restricciones para la atención de la demanda total doméstica derivadas del alivio de las reconciliaciones negativas de las que trata la Resolución CREG 064 de 200 y CREG 034 de 2001.

Entre tanto, la resolución del Ministerio aclaró que las medidas dispuestas serán vigentes hasta el 30 de abril de 2024 y podrán ser derogadas o prorrogadas por la CREG o la cartera minero-energética según los análisis de la situación del abastecimiento hidroeléctrico que pueda ser empleado para atender las Transacciones Internacionales de Electricidad.

Lea aquí la resolución completa.

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