El debate sobre el incremento del salario mínimo se adelantó este año en medio de las promesas del presidente Petro de decretar un alza bastante más por encima del dato de la inflación.
Los empresarios y comerciantes, por su parte, aseguran que no pareciera tener sentido sentarse a negociar el incremento para millones de trabajadores.
Mientras que el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, dice que se van a respetar los procesos de concertación para el ajuste del salario mínimo en Colombia del próximo año.
Sea el mecanismo que se escoja, el proceso de disertación ya está regulado por la Ley 278 de 1996 y se ejecuta dentro de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, que es un espacio tripartito entre:
- Gobierno Nacional (a través del Ministerio de Trabajo y Hacienda)
- Gremios de Empleadores (empresarios)
- Centrales de Trabajadores (sindicatos).
En estas fechas debería empezar a definirse el incremento del salario mínimo en Colombia
Normalmente, la negociación se da a finales de noviembre, momento en el que se instala la Comisión Permanente de Concertación, allí se define el calendario de trabajo.
- Primeros días de diciembre: Presentación y análisis de los informes técnicos y macroeconómicos
- Mediados de diciembre (aprox. 10 al 15): Presentación de propuestas formales de incremento por parte de trabajadores y empresarios, e inicio de las sesiones de negociación
- 15 de diciembre: Primer Plazo Legal para que la Comisión tripartita llegue a un acuerdo (concertación)
- 16 al 30 de diciembre: Periodo de sesiones extraordinarias para seguir negociando en caso de no haber acuerdo
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Finalmente, la norma indica que la fecha límite para que el Gobierno Nacional expida el decreto que fija el salario mínimo y el auxilio de transporte es el 30 de diciembre, sea por acuerdo o por decreto.