El Ministerio de Agricultura publicó para comentarios un proyecto de resolución que derogaría de manera conjunta las nueve resoluciones con las que se declararon Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (APPA) en 19 municipios del suroeste de Antioquia.
Las zonas serían: Andes, Betania, Betulia, Caramanta, Ciudad Bolívar, Concordia, Fredonia, Hispania, Jardín, Jericó, La Pintada, Montebello, Pueblorrico, Salgar, Santa Bárbara, Tarso, Támesis, Valparaíso y Venecia.
El Ministerio revisó cómo se hicieron los mapas de delimitación y concluyó que no eran lo bastante sólidos para imponerle reglas obligatorias a los municipios.
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Entre los principales problemas identificados está que los cálculos partieron de un mapa de frontera agrícola que sus propios autores calificaron como “preliminar”.
Además, debían excluirse del APPA los terrenos que los municipios ya protegían por otras razones, como zonas de riesgo de derrumbes o áreas de patrimonio cultural. Sin embargo, en varios municipios no existían mapas actualizados para realizar esa exclusión, por lo que esos terrenos terminaron incluidos en las áreas declaradas. Esta situación se presentó en cerca del 45 % del área delimitada.
A esto se suma que en seis municipios los planes de ordenamiento utilizados como referencia datan de la década de 2000, por lo que constituyen una base desactualizada para determinar qué áreas debían quedar por fuera.
El propio informe técnico también señala que las zonas delimitadas se concentraron principalmente en suelos con limitaciones para la agricultura, lo que implica que la delimitación no necesariamente estaba protegiendo las tierras que debía priorizar. Además, no se realizó una verificación directamente en territorio para comprobar que los mapas correspondieran con las condiciones reales de las zonas y, con la documentación disponible, un tercero no podría reproducir el cálculo utilizado para establecer los límites.
El Ministerio aclara que estas conclusiones no significan que las resoluciones originales fueran ilegales, sino que, desde el punto de vista técnico, ya no resulta conveniente mantenerlas. Tampoco implica que se eliminen las medidas de protección ambiental existentes, pues continúan vigentes las normas de Corantioquia, las áreas protegidas, las disposiciones sobre patrimonio arqueológico y los planes municipales. La decisión tampoco impide que el Ministerio pueda declarar nuevas APPA en el futuro, esta vez con información más completa y una mayor coordinación con las entidades territoriales.
Asimismo, no modifica los derechos adquiridos ni los programas de apoyo al sector agropecuario.
En cuanto a la consulta previa, dentro de las zonas delimitadas existen 18,91 hectáreas correspondientes a tres resguardos indígenas.
El Ministerio sostiene que la derogatoria no afecta a estas comunidades porque elimina una regla en lugar de imponer una nueva. No obstante, informó que notificará a las autoridades de los resguardos y precisó que, si posteriormente se declaran nuevas APPA, deberá solicitarse previamente el concepto de la autoridad competente en materia de consulta previa.
Ahora, el proceso debe avanzar con la firma del acto correspondiente, su publicación en el Diario Oficial y la actualización de los mapas oficiales dentro de un plazo de 10 días hábiles. Paralelamente, existe una demanda ante la Corte Constitucional y una acción popular ante un tribunal relacionadas con esta figura, aunque el Ministerio precisa que estos procesos judiciales no fueron la razón para adoptar la decisión.
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