Senado de Brasil aprueba Ley Bitcoin para regular criptomonedas

En las últimas horas el Senado brasileño aprobó la Ley Bitcoin de Brasil, el primer proyecto de ley que busca regular las criptomonedas en ese país.

Crece adopción de criptomonedas en América Latina
Criptoactivos. Foto de Worldspectrum en Pexels

En las últimas horas el Senado brasileño aprobó la Ley Bitcoin de Brasil, el primer proyecto de ley que busca regular las criptomonedas en ese país.

“La propuesta brinda lineamientos para la ‘prestación de servicios de activos virtuales’ y regula la operación de las empresas proveedoras de estos servicios”, informó la Agencia del Senado. Lea más en noticias de criptomonedas.

Ahora, el texto volverá a ser analizado por la Cámara de Diputados y es el sustitutivo presentado por el relator, el senador Irajá Abreu (PSD-TO), en 2021. La sesión que aprobó el proyecto fue encabezada por el presidente del Senado, Rodrigo Pacheco (PSD-MG), en el marco de una votación simbólica, en la que no se registran los votos individuales.

“Adelantamos las discusiones del informe para que hoy aquí podamos finalmente votar sobre este asunto de la regulación de los criptoactivos, o por algunas de las llamadas , un asunto sumamente importante y urgente. El Banco Central estaba constantemente exigiendo al Congreso posicionarnos en relación a un marco regulatorio que pudiera entender la dimensión de este nuevo entorno de negocios”, explicó Irajá.

El senador indicó que los criptoactivos movieron 215.000 millones de reales en 2021, además, el mercado como medio de pago creció un 6% en el último año.

Es de anotar que el crecimiento acelerado que ha tenido el mercado de las criptomonedas en el mundo ha generado preocupaciones sobre su uso para el lavado de dinero y otras actividades ilícitas ante una regulación insuficiente.

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El Senado informó que el sustituto presentado por Irajá incorporó ideas de otros proyectos sobre el mismo tema

NFT

Los NFT (tokens no fungibles) no entrarán en el marco regulatorio aprobado por el Senado brasileño. Así lo explicó Irajá: “En cuanto al NFT, que es una especie de certificado digital de un servicio, esta materia sí puede ser regulada por el Ejecutivo en un acto posterior a la aprobación”.

Activos virtuales

El texto aprobado define el activo virtual como “la representación digital de un valor que puede ser negociado o transferido por medios electrónicos y utilizado para realizar pagos o con fines de inversión”, con excepción de las monedas nacionales tradicionales y los activos ya regulados por ley.

Así, la Agencia del Senado señaló que el Poder Ejecutivo deberá designar una dependencia de la Administración Pública Federal para definir qué activos financieros serán regulados por la futura ley.

Pautas

Las compañías que ofrezcan servicios en torno a las criptomonedas deberán cumplir con una serie de pautas definidas por el Senado, como la obligación de controlar y mantener segregados los recursos del cliente.

Del mismo modo, deberá adoptar prácticas de buen gobierno, transparencia en las operaciones y un enfoque basado en riesgos; seguridad de la información y protección de datos personales; protección y defensa de los consumidores y usuarios; protección del ahorro popular; solidez y eficiencia de las operaciones.

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“También será necesario para prevenir el lavado de dinero, el ocultamiento de bienes, derechos y valores, combatir las actividades de las organizaciones criminales, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, en línea con los estándares internacionales”, indicó.

Proveedores

El Senado define el proveedor de servicios de activos virtuales como “la persona jurídica que realiza, en nombre de terceros, al menos uno de los servicios de activos virtuales”, que puede ser:

  • Intercambio entre activos virtuales y moneda nacional o extranjera;
  • Intercambio entre uno o más activos virtuales;
  • Transferencia de activos virtuales;
  • Custodia o administración de activos virtuales o instrumentos que permitan el control sobre activos virtuales; o
  • Participación en servicios financieros y prestación de servicios relacionados con la oferta por parte de un emisor o venta de activos virtuales.

“Se podrán autorizar otros tipos de servicios si están directa o indirectamente relacionados con la actividad del proveedor de servicios de activos virtuales. El Poder Ejecutivo también indicará qué organismo regulará la operación y supervisión del proveedor de servicios de activos virtuales. Los proveedores que ya existen tendrán derecho a por lo menos seis meses para adaptarse a las nuevas reglas y podrán continuar operando durante este proceso de adaptación” precisó el Senado.

Recursos renovables

El texto aprobado en otorga un beneficio fiscal, hasta el 31 de diciembre de 2029, a las máquinas y herramientas destinadas a empresas que utilicen en sus actividades el 100% de energía eléctrica procedente de fuentes renovables y que neutralicen el 100% de las emisiones de gases de efecto invernadero de estas actividades, informó la Agencia.

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“Las tasas de Pis/Pasep, Cofins, IPI e Impuesto de Importación serán nulas para la importación, industrialización o enajenación de hardware y software utilizados en las actividades de ‘procesamiento, extracción y conservación de activos virtuales desarrollados por personas jurídicas de derecho privado’”, concluyó. La autorización y supervisión del beneficio le corresponderá al Poder Ejecutivo.

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