Son varias las dudas que genera el mercado regulado del dólar en Colombia y una de las consultas recurrentes es qué es y cómo se fija que el dólar en Colombia tenga un valor determinado. En ese caso, la Tasa Representativa del Mercado (TRM) es el mecanismo del cual se hace uso en el país.
Explica el Banco de la República que la TRM debe calcularse como el promedio aritmético simple “de las tasas ponderadas de las operaciones de compra y de venta de dólares de los Estados Unidos de América a cambio de moneda legal colombiana”.
Estas operaciones corresponden a las efectuadas por los bancos comerciales, corporaciones financieras, sociedades comisionistas de bolsa, compañías de financiamiento y también la Financiera de Desarrollo Nacional (FDN) y el Banco de Comercio Exterior de Colombia (Bancoldex).
Todas las operaciones se suelen llevar a cabo entre las 8:00 am y la 1:00 pm. Los agentes que intervienen en el mercado, después de la 1:00 pm, entregan toda la información de las operaciones. De 1:00 pm y hasta las 3:00 pm, esa informa es procesada por la Superfinanciera para que, hacia las 5:00 pm, sea publicada la TRM vigente de la siguiente jornada hábil.
Hay que entender estas operaciones como las pactadas para el cumplimiento en ambas monedas el mismo día de su negociación.
Otras particularidades de la TRM en Colombia
Indica el Banco de la República que la TRM “se expresa en moneda legal por un dólar de los Estados Unidos de América”.
Así mismo, la TRM vigente para cada día se calcula y se certifica por la Superintendencia Financiera de Colombia con las operaciones del día anterior.
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Con esto, la TRM de un “día hábil de operaciones” (no fines de semana o festivos) va a ser la medida que rija hasta el siguiente día hábil de operaciones. Por ejemplo, la TRM que dictamine la Superintendencia Financiera el viernes será la que tenga en cuenta el mercado hasta el lunes después del fin de semana, en caso de caiga un festivo ese lunes la TRM va a mantenerse vigente hasta el martes.
Un punto final clave a tener en cuenta, lo recuerda el Banco de la República, tiene presente que, si bien la Superintendencia Financiera de Colombia calcula y certifica la TRM, no hay que entenderla como una tasa de cambio que deba aplicarse en forma obligatoria en los contratos.
Esto “dado que las negociaciones de divisas en el país se hacen a la tasa libremente acordada por las partes. El cálculo y la certificación diaria de la TRM se efectúa con base en las operaciones registradas el día hábil anterior por los intermediarios del mercado cambiario (IMC)”.