Esto propone reforma tributaria en impuestos a personas naturales en Colombia

El proyecto, del lado de personas naturales, trae una serie de cambios en cuanto a renta, impuestos a pensiones y beneficios por pensiones voluntarias.  

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Se conoció el proyecto de ley de reforma tributaria que espera ser aprobado por el Congreso de Colombia en este periodo legislativo.  

El proyecto, del lado de personas naturales, trae una serie de cambios en cuanto a renta, impuestos a pensiones y beneficios por pensiones voluntarias.  

La iniciativa de reforma tributaria plantea que las personas naturales que reciban desde $4,1 millones al mes deban pagar renta en Colombia, dependiendo de una renta líquida gravable para cada caso.  

Lo anterior empezaría a aplicar, propone el Gobierno, desde el próximo año.  

Ahora, para 2023, las escalas de pago sobre el impuesto a la renta en Colombia se modificarían y serían las personas con ingresos desde $2,9 millones mensuales, las que paguen ese gravamen.  

Así mismo, la iniciativa dejó en firme la posibilidad de un aumento en el impuesto a dividendos, del 10 % al 15 %.  

En este punto, propone como salvedad el Gobierno que “las pérdidas declaradas en períodos gravables anteriores al periodo gravable 2022 únicamente podrán ser imputadas en contra de la cédula general, teniendo en cuenta los límites y porcentajes de compensación establecidos en las normas vigentes”. 

Todas estas rentas líquidas gravables se calcularán teniendo a consideración los siguientes aspectos: 

Se sumarán los ingresos obtenidos por todo concepto excepto los correspondientes a dividendos y ganancias ocasionales. 

A la suma anterior, se le restarán los ingresos no constitutivos de renta imputables a cada ingreso. 

Alvalor resultante podrán restarse las rentas exentas y deducciones imputables a esta cédula siempre que no excedan el 25 % (hasta el momento era del 40 %). 

En la depuración de las rentas no laborales y las rentas de capital se podrán restar los costos y los gastos que cumplan con los requisitos generales para su procedencia establecidos en las normas del estatuto y que sean imputables a estas rentas específicas. 

De esta manera, el pago de impuesto a la renta para personas dependerá de sus ingresos y con base en la Unidad de Valor Tributario (UVT) y de acuerdo con la siguiente tabla: 

Un punto que llama la atención en este proyecto de reforma tributaria tiene que ver con la eliminación de variables que podían declararse en el impuesto a la renta para reducir su pago final.  

Uno de estos es el correspondiente a los aportes en fondos voluntarios a pensiones del régimen de ahorro individual con solidaridad que, según el proyecto, serán considerados hasta el 31 de diciembre de 2021 “como un ingreso no constitutivo de renta ni de ganancia ocasional para el aportante, en un porcentaje que no exceda 25 % del ingreso laboral o tributario anual”. Es decir, desaparecería el beneficio desde 2022.  

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Esta misma disposición, dice el Gobierno, aplicaría para el incentivo que estipulaba el sistema tributario colombiano sobre el ahorro de largo plazo para el fomento de la construcción (AFC).  

Adicionalmente, plantea el proyecto de reforma tributaria que “los retiros, parciales o totales, de las cotizaciones voluntarias que, hasta el 31 de diciembre de 2021, inclusive, hayan efectuado los afiliados al régimen de ahorro individual con solidaridad para fines distintos a la obtención de una mayor pensión o un retiro anticipado, constituyen renta líquida gravable para el aportante y la respectiva sociedad administradora efectuará la retención en la fuente a la tarifa del 35 % al momento del retiro”. 

Y finalmente, el Gobierno echa para atrás la posibilidad de que las pensiones inferiores a los $7 millones no paguen impuesto en Colombia.  

Propone el proyecto de reforma tributaria que “las pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos profesionales estarán gravadas solo en la parte de los pagos que excedan 1.600 UVT anuales (cerca de $4,8 millones al mes). 

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