Formulan pliego de cargos a Ticket Fast por vulnerar presuntamente al consumidor

La Superintendencia de Industria y Comercio inició investigación en contra de Ticket Fast por efectuar cobro de boletería sin concretar en su sistema.

SIC impuso a Movistar una sanción de $626.400.000.
SIC impuso a Movistar una sanción de $626.400.000.
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La Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia (SIC) inició una investigación administrativa en contra de la sociedad Ticket Fast por, presuntamente, haber efectuado el cobro de boletería cuya compra no se concretó en su sistema. Para más información de empresas haga clic aquí. 

De acuerdo con la SIC, dentro de esta investigación también se contempla la generación de duplicidad de cobros originados en compras motivadas por mensajes de rechazo enviados a los consumidores, e impedir el ingreso a consumidores a un evento cuya boletería fue adquirida en el establecimiento de comercio de la investigada.

De las denuncias interpuestas por los consumidores, la Superindustria también pudo establecer de manera preliminar que, al parecer, a través de la página web www.tuboleta.com no se informó a los consumidores en forma clara, oportuna, suficiente, comprensible, precisa e idónea el procedimiento para hacer efectivos los descuentos o promociones para determinados eventos, como habría sucedido con el evento “Disney On Ice” llevado a cabo en 2019.

Según la SIC, estas son circunstancias que configuran una posible vulneración a los artículos 33 y 23 de la Ley 1480 de 2011 y al numeral 2.1.2.1. del Título Segundo de la Circular Única de la Superintendencia.

De otra parte, la entidad también recibió denuncias asociadas al servicio “Asegura Tu boleta” ofrecido durante el proceso de compra de boletería de espectáculos públicos que se realiza a través de la página web www.tuboleta.com, pues, al parecer, la casilla asociada a dicho servicio, que se encuentra preseleccionada por el sistema de la sociedad para su adquisición por parte de los consumidores, podría no ser fácilmente identificable y comprensible por estos.

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Debido a que se trata de un servicio opcional e independiente de la venta de boletería, lo que configuraría una vulneración al numeral 1.3 del artículo 3 y al artículo 23 de la Ley 1480 de 2011.

Igualmente, se revisará la presunta omisión de Ticket Fast, respecto del deber de informar a la SIC la cancelación o modificación de eventos cuya boletería se comercializó a través de su página web.

Por consiguiente, la Superindustria indicó que se debe garantizar la información y calidad de los servicios que se prestan en el mercado y después de conocer que algunos consumidores presentaron inconvenientes con la prestación de los servicios de emisión, venta y suministro de boletería de espectáculos públicos realizados o a realizarse entre el año 2019 e inicio de 2020.

Entre esos eventos se encuentran, entre otros, “Disney on Ice”, “The Illusionist”, “Viva la Salsa”, “André Rieu”, “Colombia es ópera”, “Norah Jones”, “Superconcierto del Carnaval de Barranquilla – Arco iris Tour de J Balvin”, la Superintendencia de Industria y Comercio revisará las actuaciones desplegadas por la sociedad investigada para establecer si cumplió o no con las obligaciones contenidas en el Estatuto del Consumidor y sus normas concordantes.

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Hay que decir que contra el acto administrativo de formulación de cargos no procede ningún recurso. De confirmarse la vulneración de estas conductas por parte de Ticket Fast, se podrán imponer multas hasta por 2.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

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