Colombia prohíbe eventos donde ocupación UCI supere 85 %

La medida aplica entre este viernes 2 de julio hasta el próximo martes 6 de julio, indicó una circular de los ministerios de Salud e Interior.

Vacuna Janssen Covid-19 (Johnson & Johnson). FOTO: www.jnj.com
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La medida aplica entre este viernes 2 de julio hasta el próximo martes 6 de julio, indicó una circular de los ministerios de Salud e Interior.

La directriz conjunta entre Minsalud y Mininterior se da en el marco de la situación epidemiológica actual del país por el Covid-19 y las festividades tradicionales de la temporada. Vea más en Política.

El Ministerio de Salud y Protección Social y el Ministerio del Interior expidieron una Circular Externa por medio de la que ordenan a alcaldes y gobernadores de los departamentos en los que la ocupación de camas UCI está por encima del 85 % y de los municipios y distritos que tengan la misma situación o que la capital del departamento al que pertenecen tenga ocupación UCI por encima del 85% no realizar ni promover eventos públicos o privados con más de 50 personas, entre este viernes 2 y el martes 6 de julio.

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“En esa Circular reiteramos que la apertura anunciada siempre es progresiva y gradual y que la Resolución 777 y el Decreto 580 establecen que aquellos departamentos que tengan una ocupación mayor del 85 % no pueden comenzar los ciclos de apertura ni hacer mayores flexibilizaciones de las que hasta ahora se han realizado”, señaló el minsalud Fernando Ruiz Gómez.

El tercer pico tuvo un comportamiento asincrónico entre regiones, por lo cual se debe realizar un análisis epidemiológico diferencial en cada territorio antes de tomar decisiones o acciones que puedan generar impactos en el contagio y la mortalidad por Covid-19.

De acuerdo con el monitoreo de la ocupación de camas UCI en el país que realiza la cartera de Salud se evidencia que, con corte al 30 de junio, 15 departamentos registran una ocupación por encima del 85 %, principalmente del centro, norte y oriente del país.

Si bien, el índice de resiliencia es una medida orientadora de una apertura gradual y progresiva, desde una perspectiva departamental, debe considerarse el contexto epidemiológico territorial, así como la capacidad instalada de los servicios de salud en el departamento y en su capital, la cual debe mantenerse a largo plazo.

Por tal razón, por medio de la Circular se advierte a las autoridades competentes a proteger la capacidad de respuesta de los servicios de salud en todo momento, con medidas de principio de precaución, racionalidad, progresividad, beneficencia y oportunidad.

“Sería absolutamente crítico si nosotros al realizar fiestas y actividades permitir aglomeraciones, se vuelva a revertir esa tendencia que es muy incipiente y que tenemos que cuidar durante las próximas dos o tres semanas”, concluyó Ruiz.

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