Firman en Colombia decreto que permite desahorro de excedentes en Fonpet

Síguenos en nuestro canal de noticias de WhatsApp - Publicidad - El presidente de Colombia, Iván Duque Márquez, firmó un decreto que permite el desahorro de excedentes del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet), para consolidar la reactivación económica del país. Para más información de macroeconomía haga clic aquí. “Aquí, en presencia […]

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Iván Duque, presidente de Colombia. FOTO: Presidencia
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El presidente de Colombia, Iván Duque Márquez, firmó un decreto que permite el desahorro de excedentes del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet), para consolidar la reactivación económica del país. Para más información de macroeconomía haga clic aquí.

“Aquí, en presencia de ustedes, hago público que ya he firmado el decreto que permite el desahorro de los excedentes del Fonpet para que lleguen más recursos a los departamentos de Colombia”, señaló el jefe de Estado, en la instalación de la Cumbre de Gobernadores, que sesiona en desarrollo de los actos de conmemoración del Bicentenario de la Constitución de Villa del Rosario de Cúcuta.

El Gobierno Nacional calcula que la aplicación de este decreto permitirá que alrededor de 500 entidades territoriales se beneficien con recursos adicionales por unos $550.000 millones.

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El Ministerio de Hacienda estableció que la medida será transitoria –para la vigencia de 2021– y no afectará sustancialmente el comportamiento del nivel de cubrimiento del pasivo pensional ni el propósito fundamental del Fonpet, de continuar impulsando la financiación del pago de las obligaciones pensionales a su cargo.

Vale mencionar que el Fonpet es un instrumento de apoyo en el proceso de definir, organizar y financiar el pago de las obligaciones pensionales territoriales. Se trata de un fondo sin personería jurídica, administrado por el Ministerio de Hacienda por medio de patrimonios autónomos, constituidos en sociedades fiduciarias, compañías de seguros y fondos de pensiones obligatorias.

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