14 de febrero: vence plazo para consignar cesantías en Colombia

la brecha salarial existente entre los profesionales colombianos que trabajan en el país y aquellos que encuentran empleo en el extranjero.
Esa es la cifra por la que debe responder ante la Secretaría de Movilidad si incumple el día sin carro en Bogotá. Foto: BeFunky.
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Más de 3,3 millones de trabajadores en 2021 retiraron sus cesantías por un valor de $7 billones, informó el Ministerio de Trabajo.

Un último aviso a los empleadores envió este lunes el Ministerio de Trabajo de Colombia respecto a la obligación de hacer el pago de las cesantías a sus trabajadores a más tardar este lunes, 14 de febrero de 2022. Vea más en finanzas personales.

Todos los años, las empresas deben consignar el valor de las cesantías al fondo privado (Protección, Porvenir, Skandia o Colfondos) o público (Fondo Nacional del Ahorro) a sus empleados, las cuales corresponden a un mes de salario por un año completo de trabajo con corte al 31 de diciembre del año previo. Ese pago es proporcional si el trabajador lleva menos tiempo en la empresa.

“El Ministerio del Trabajo recuerda a los empleadores del país, que tienen como fecha límite hasta el 14 de febrero para consignar en el fondo público o privado las cesantías de cada trabajador correspondientes al tiempo laborado en el 2021”, dijo la entidad del gobierno.

La prestación social que está regulada en el artículo 249 del Código Sustantivo del Trabajo –CST, debe pagarse a todo trabajador dependiente, que incluye personal del servicio doméstico, trabajadores por días y de tiempo parcial.

Es de anotar, que los trabajadores que devengan salario integral no reciben cesantías, ya que estas se encuentran incluidas en el 30 % que se les otorga como factor prestacional.

De otra parte, se recomienda a los independientes o a aquellos que tengan contrato por prestación de servicios, ahorrar voluntariamente en un Fondo de Cesantías el equivalente a un mes de ingresos para que pueda tener así una previsión en caso de quedar cesante.

El propósito de las cesantías: un colchón de emergencia

El propósito de las cesantías es ofrecer protección al trabajador cuando se encuentre cesante o sin empleo, sin embargo, puede hacer uso de las mismas con retiros parciales para adquisición o remodelación de vivienda y/o estudios de Educación Superior.

Se liquidan anualmente, equivalen al período comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre de cada año o al tiempo proporcional laborado.

El valor a liquidar como cesantías corresponde a un salario mensual por cada año trabajado o proporcional al periodo de tiempo laborado durante el año comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. La fórmula para hacer el cálculo es:

  • Salario mensual x días trabajados / 360

Sanciones

La Dirección de Inspección de Vigilancia y Control del Ministerio del Trabajo recordó a los empleadores que el no consignar las cesantías de los trabajadores a tiempo puede tener dos consecuencias:

1. Una sanción moratoria, según lo contempla el numeral 3 del artículo 99 de la Ley 50 de 1990, que consiste en un día de salario por cada día de mora en la consignación.

2. Si producto de un procedimiento sancionatorio adelantado por el Ministerio del Trabajo se encontrase responsable al empleador de no realizar el pago de la prestación social, la Inspección de Trabajo puede imponer multas que van entre $1.000.000 y $5.000.000.000

Lo que debe tener en cuenta

El valor del auxilio de transporte o de conectividad digital debe tenerse en cuenta para la liquidación de las cesantías de aquellos trabajadores que devengan hasta dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Según Asofondos en 2021 los afiliados a los fondos retiraron $2,14 billones para compra de vivienda, y $1,63 billones para mejora y liberación de deuda en vivienda, representando el 54 % de los retiros totales.

Recomendado: El ABC del pago de cesantías de su empleada doméstica en Colombia

¿Cómo saber dónde están consignadas?

De acuerdo con la firma Carrero y Asociados, Abogados y Contadores, el trabajador que no sepa a qué fondo de cesantías pertenece puede preguntar directamente a su empleador, a través de la oficina de recursos humanos.

“Normalmente la empresa aconseja al trabajador a que sus cesantías sean pagadas en la misma entidad donde se afilia a pensiones. En ocasiones, si un trabajador no sabe dónde están las cesantías o si dejó de trabajar en una empresa y es ahora independiente pero no sabe si tiene cesantías consignadas en alguna entidad, debe dirigirse a su empresa a averiguar ese dato”, indicaron de la firma de expertos.

Pero ocurre que si la empresa dejó de existir o se cambiaron los datos de contacto y la persona no tiene comunicación con su ex empleador, lo que puede hacer es una consulta en el sistema de Sispro Ruaf (https://ruaf.sispro.gov.co/Filtro.aspx), donde con solo el número de cédula y fecha de expedición salen los datos de fondo de pensiones, EPS y fondo de cesantías al que pertenece.

Cesantías para un trabajador independiente, contratista o que gana salario integral

Para conocer si los trabajadores independientes, contratistas o que ganan un salario integral pueden tener cesantías, Protección elaboró un abecé con la información que aclara el panorama para estas personas.

  • ¿Los contratistas y empleados de salario integral pueden recibir cesantías?

En el caso de los contratistas o trabajadores independientes, este ahorro no es obligatorio sino voluntario. Los empleados por cuenta propia o con contrato de prestación de servicios tienen la posibilidad de vincularse a un fondo de cesantías y el aporte no podrá ser mayor a la doceava parte de su ingreso anual. En cuanto al depósito de lo correspondiente a cesantías se puede hacer en cualquier momento del año y frente al retiro del dinero, este tampoco tiene límite de tiempo, solo hay que pedirlo al fondo de cesantías.

En el caso de los empleados con salario integral, es cada empleado quien debe proveer el dinero correspondiente a las cesantías del salario que recibe.

  • ¿Cuál es el riesgo de no tenerlas?

Como lo dice su nombre, las cesantías existen en primera medida, como un salvavidas para cuando el trabajador quede cesante. Es decir: cuando pierda su empleo. En ese sentido, el riesgo principal de no cuidar o no ahorrar las cesantías, es no contar con ese seguro o ese colchón que puede ayudar a sortear situaciones de desempleo, las cuales en ocasiones, pueden llegar de forma inesperada, tal y como lo vimos durante la pandemia.

¿Qué consejos darles a estos empleados que reciben el pago de sus servicios donde incluye todo para el manejo de cesantías?

La principal recomendación que entregó Protección como fondo es que no dejen de ahorrar las cesantías. En cualquier momento van a ser útiles, ya sea al corto, mediano o largo plazo. Las cesantías están ahí para ser utilizadas en situaciones imprevistas o para aportar en el cumplimiento de un sueño. Hay que usarlas responsablemente, solo cuando sea necesario. Asimismo, recomendamos elegir el portafolio que mejor se acomode a sus objetivos y proyectar el ahorro con finalidades claras.

¿Deberían incluirlas en el FNA o en fondo privado?

Las cesantías son una prestación social a la que tienen derecho los trabajadores colombianos y que pueden ser consignados en la Administradora de preferencia, en cualquier Fondo son usadas bajo el mismo fin y con los mismos criterios de retiro.

Sin duda este es un rubro que se convierten en “un colchón vital” para construir el futuro de las personas, sea porque quieren cumplir un sueño personal o familiar, como adquirir vivienda o estudiar, o amortiguar las dificultades que produce quedarse sin empleo, y que han sido determinantes en el marco de la contingencia social derivada por este virus, por lo que también es de suma importancia que se puedan revisar los beneficios adicionales que se tienen al tenerlos ahorrados en la Compañía que se defina.

¿Si guardan sus cesantías para ahorrarlas en vivienda, o en estudio hay que invertirlas en un fondo de renta fija o en renta variable?

Esto tipo de activos (renta fija y renta variable) son definidos por el equipo experto de inversiones que definen la mezcla para cada uno de los fondos dependiendo de los objetivos los plazos y especificaciones del portafolio. Lo que si puede y debe definir el empleado es el tipo de portafolio en el que quiere estar en función de sus intereses y necesidades: el Portafolio de Largo Plazo y el de Corto Plazo.

El Portafolio Largo Plazo es el ideal para los trabajadores que buscan ahorrar al largo plazo como seguro de desempleo o para la compra de vivienda, pues aquí la rentabilidad en un período amplio de tiempo podría ser mayor a la del portafolio de Corto Plazo, el cual, por otro lado, es el indicado si las cesantías se usarán próximamente.

Es importante recordar que los afiliados a Cesantías en cualquier Administradora tienen absoluta libertad para elegir en cuál portafolio las desean ahorrar, todo dependerá de sus proyecciones e intenciones con el ahorro.

  • ¿Si un empleado pasa de un salario normal a un salario integral, debe dejar sus cesantías consignadas o las puede retirar?

El empleado que pasa a salario integral debe ser notificarlo por parte del empleador al fondo de cesantías en el que tiene su ahorro. El afiliado tiene la opción de retirar el saldo o continuar y dejar las cesantías como afiliado voluntario.

Es importante que en el caso de contratista o trabajador con salario integral, siga manteniendo el hábito de tener sus cesantías en un fondo para que se convierta en un fondo de ahorro. De esta manera, tendrá recursos adicionales para sobrellevar los tiempos más difíciles.

Relevante: BBVA ofrece a empresas crédito a corto plazo para pago de cesantías

¿Cómo realizar el pago de las cesantías y no afectar su flujo de caja?

Contar con flujo de caja durante los primeros 2 meses de cada año es vital para las empresas colombianas, pues tienen una obligación clave que es el pago de las cesantías de la nómina a las AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones). Teniendo en cuenta que la fecha límite de esta cancelación es este 14 de febrero, Omni brinda soluciones para que las compañías puedan cumplir con este requisito y no vean afecten su liquidez.

  • Factoring Online: a través de este servicio, las compañías pueden ceder sus facturas por cobrar para recibir un desembolso en tiempo récord, esto les permitirá realizar a tiempo el pago de las cesantías, sin tener que descuidar las demás obligaciones como el pago de nómina, arriendos, entre otros.
  • Programas de Confirming Online: por medio de estos programas, los cuales son acordados previamente entre grandes compañías y sistemas de negociación de facturas, los proveedores pueden convertir sus facturas en caja inmediata a tasas exclusivas y con la opción de seleccionar al fondeador con el que más se sientan cómodos.

Estas dos soluciones, les permiten a las empresas acceder a ventajas como el no generar endeudamiento, que además no afecta el límite de créditos tradicionales, y la inmediatez en el desembolso del dinero, pues se realiza en cuestión de horas y los beneficiados no tienen que esperar días por una respuesta. Adicional a esto, Omnilatam ofrece una exclusividad, que es el que las empresas puedan acceder a una poderosa plataforma de analítica financiera, que les permite revisar y consultar sus facturas disponibles, así como realizar negociaciones y hacer operaciones por su cuenta con unos cuantos clics.

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