La “vaca” para las vías de Antioquia: ¿donación o captación de dinero?

El gobernador de Antioquia, Andrés Julián Rendón, inició una “vaca”, iniciativa que el presidente de Colombia, Gustavo Petro, pidió parar.

Andrés Julián Rendón, gobernador de Antioquia
Andrés Julián Rendón, gobernador de Antioquia. Foto: Cortesía
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El gobernador de Antioquia, Andrés Julián Rendón, inició una “vaca” para la construcción de las vías 4G en el departamento, iniciativa que el presidente de Colombia, Gustavo Petro, pidió parar.

La exigencia hacia el mandatario regional radica en la preocupación de que su iniciativa pueda estar vinculada a fondos ilegales, lo que podría acarrear serias complicaciones para la administración del gobernador.

“Le solicito al gobernador de Antioquia suspender la cuenta de “la vaca” innecesaria para vías, dado que puede ser infiltrada por dineros sucios del narcotráfico incorporados a las donaciones”, aseguró.

Asimismo, el presidente citó el artículo 316 del Código Penal colombiano: captación masiva y habitual de dineros, escribiendo: “Señor gobernador de Antioquia: cumplimos esta ley no”.

Allí se expone que, de llevar a cabo esta iniciativa, sin contar con la debida autorización de la autoridad competente, se incurre en un delito que conlleva una pena de prisión de 120 a 240 meses.

Además, en caso de utilizar medios de comunicación social u otros de divulgación colectiva, la pena se aumentará hasta en una cuarta parte.

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Análisis de la “vaca” por Antioquia

El abogado y panelista, Luis Felipe Henao, explica en su cuenta de X, que para que la captación sea masiva y habitual se requiere de ciertas características, las cuales enlista:

1. Masividad: debe tenerse más de 20 personas o más de 50 obligaciones.

2. Habitualidad: lo captado debe constituir más del 50 % del patrimonio líquido (requisito que claramente no se da).

3. Publicidad: oferta pública.

Luis Fernando Gómez, abogado especialista en derecho administrativo y magíster en derecho público, sostiene que no es necesario solicitar permiso para recolectar dinero a través de Vaki, ya que se trata de fondos voluntariamente entregados para el desarrollo del propio departamento. Además, argumenta que el artículo 287 de la Constitución Política establece que las entidades territoriales tienen autonomía para la gestión de sus intereses.

Por otro lado, Lisandro Junco Riveira, abogado especializado en derecho financiero y tributario, afirmó en sus redes sociales que no se trata de una captación, sino de una donación debido a que se trata de un ente territorial.

Estas donaciones otorgan a las personas el derecho a descontar el 25 % de su renta, lo que implica más inversión para Antioquia. Para mayor claridad, cita el concepto de la DIAN 0309 del 2021.

Hasta el momento, Andrés Julián Rendón no ha hecho ninguna declaración en respuesta a la controvertida solicitud del presidente. Mientras tanto, la campaña de recaudación de fondos continúa en curso y ya ha obtenido más de $2.000 millones.

El abogado Edwin Cortés, socio de infraestructura de Holland & Knight explica que, en cuanto a la autorización necesaria para recolectar fondos, en la mayoría de los casos, los funcionarios públicos promueven la donación en el ejercicio de sus funciones.

“El gobernador de Antioquia tiene la responsabilidad de promover y ejecutar obras en el departamento, lo que justifica su participación en esta iniciativa”, sostiene Cortés.

Y agrega que, “aunque existen normas de cooperación en algunos casos, no es obligatorio contar con marcos regulatorios específicos. Como señaló el Presidente Petro en 2019, las donaciones son actos libres y personales, y el Estado no interviene en las donaciones privadas”.

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