Los peros de los gremios al borrador de proyecto de ley que busca bajar las tarifas de energía en Colombia

Los gremios del sector energético de Colombia mostraron sus preocupaciones sobre el proyecto de ley que busca bajar las tarifas de energía.

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Los gremios Andesco, Acolgen, Andeg, Asocodis, Naturgas, ACP, Cámara Colombiana de la Energía, ACCE, Agremgas, Gasnova, ANDI y Asoenergía, en representación del sector energético de Colombia, presentaron sus consideraciones técnicas sobre el proyecto de ley (en su versión de borrador) que busca reducir las tarifas de energía en Colombia.

En una carta dirigida al ministro de Minas y Energía, Edwin Palma, las agremiaciones expusieron seis puntos que preocupan al sector de la energía eléctrica en el país:

  1. Esquema de pago de la Opción Tarifaria para los estratos 1, 2 y 3 (artículo 2)

Los gremios recordaron que en el borrador se plantea trasladar esta deuda a los usuarios de estratos 4, 5, 6 y no residenciales, una iniciativa que el Gobierno Nacional había prometido asumir recientemente.

“Aunque invoca el principio de solidaridad y redistribución de ingresos del artículo 367 de la Constitución Política, la forma en que se estructura este cobro generará nuevas inequidades”, indicaron.

Para las entidades, esta medida resulta regresiva y genera una carga desproporcionada para una población minoritaria, dado que los usuarios a cargo del pago representan menos del 20 % del total de usuarios residenciales.

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Además, precisaron que esto perjudicaría a quienes ya cumplieron con el pago de su deuda, pues no solo se les cambian las reglas de juego al imponerles una carga retroactiva, sino que también verían incrementada su factura al asumir las deudas de otros usuarios y otros mercados de comercialización.

“Cerca del 30 % de los usuarios de Colombia ya asumieron la deuda de la Opción Tarifaria (OT), con lo cual a dichos usuarios los pondrían a pagar un valor adicional de la OT a cargo de otros usuarios, y a los usuarios que aún están pagando sus deudas, les tocaría pagar la deuda de ellos, y la de otros usuarios”, expresaron.

En otras palabras, los gremios aseveran que este enfoque podría profundizar las distorsiones de los subsidios cruzados, trasladando cargas injustificadas entre usuarios y produciendo incentivos económicos para que los usuarios de mayores ingresos acudan a otras opciones de abastecimiento a su alcance.

“Profundizando el actual desequilibrio del sistema de solidaridad y redistribución de ingresos”, advirtieron.

Además, tildaron la medida como “regresiva”, porque consideran que una porción muy importante de esa deuda está constituida por subsidios a cargo de la Nación, con lo cual, de ponerse en vigencia la norma propuesta, los usuarios de los estratos 4, 5 y 6 y no residenciales regulados resultarían subsidiando a la Nación, lo cual riñe con el principio de solidaridad que se invoca como sustento de la propuesta, pues la Nación no puede considerarse como un usuario vulnerable.

“Esto desconoce el esquema de recuperación de los saldos establecido por la CREG, prolongando los tiempos de recuperación de estos hasta 15 años, generando incertidumbre sobre el reconocimiento bajo el marco regulatorio actual y el avance que pueda darse en la definición de los criterios de distribución de la deuda, en donde el beneficio posiblemente sea mucho menor que el costo, afectando la competitividad de sectores estratégicos de la economía”, denunciaron.

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  1. Modificación del esquema de aplicación de los subsidios de energía (artículo 3)

Para Andesco, Acolgen, Andeg, Asocodis, Naturgas, ACP, Cámara Colombiana de la Energía, ACCE, Agremgas, Gasnova, ANDI y Asoenergía es claro que los subsidios y las contribuciones deben ser revisados y cuidadosamente focalizados para garantizar que beneficien realmente a quienes los necesitan.

Lo anterior, sin comprometer la sostenibilidad del sistema ni crear cargas excesivas que puedan desincentivar el consumo eficiente o la inversión en infraestructura.

Según las organizaciones empresariales, la eliminación de subsidios generalizados y la transición a un Registro Universal de Ingresos (RUI), como lo contempla este artículo, y consideraron que es un paso en la dirección correcta.

Pero destacaron que esto requiere previamente el levantamiento y consolidación de información socioeconómica de las personas, ya que hoy los subsidios son asignados según el estrato de los hogares (predios).

Asimismo, subrayaron que se necesita de la normalización masiva de la medición individual.

“Por ello es fundamental aunar esfuerzos entre el DNP, el Ministerio de Minas y Energía y la CREG para concretar un cronograma para avanzar en esta línea, incluida la adopción de las medidas necesarias para la normalización de las medidas, la cual no puede ser una responsabilidad de los comercializadores, como se propone en el proyecto”, apuntaron.

Sobre el destino de los ahorros fiscales alcanzados como efecto de la aplicación de la medida propuesta, indicaron que es necesario que los esfuerzos se enfoquen de manera prioritaria en cubrir el déficit hoy existente en materia de apropiación y pago de subsidios, conforme se establece en la Ley 2294 de 2023, mientras se realizan los ajustes al esquema de focalización.

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Por su parte, pidieron revisar al detalle la eliminación del subsidio para aquellos usuarios que superen ciertos parámetros de consumo, evitando profundizar el problema para algunos usuarios vulnerables que por su ubicación geográfica o por la agrupación de hogares requieren un consumo elevado de energía.

“Es preciso un análisis del comportamiento de consumos para estos casos y de los posibles riesgos de exclusión antes de la implementación de este tipo de medidas, considerando también los recursos disponibles y necesidades de apropiación del Presupuesto General de la Nación para los subsidios de energía”, destacaron los gremios en la misiva.

Además, pidieron posibilitar el pago de subsidios adeudados a los comercializadores de energía eléctrica y gas combustible y así garantizar su sostenibilidad y liquidez, mediante la autorización de otros mecanismos de pago, como son los recursos de crédito, hoy restringidos por el artículo 100 de la Ley 142 de 1994; y el cruce de impuestos con las empresas.

Las agremiaciones solicitaron, adicionalmente, medidas como la anunciada “debe comunicarse de forma eficaz, pues su aplicación sin haber informado previamente puede generar descontento social, que el Gobierno debe abordar oportunamente”.

Otras preocupaciones de los gremios al borrador del proyecto de ley que busca bajar las tarifas de energía

  1. Mecanismos tarifarios para las empresas públicas o grupos de empresas y esquemas tarifarios diferenciales (artículo 5)

En este apartado, los gremios afirmaron que este artículo le asigna competencias al Ministerio de Minas y Energía que, por mandato legal, corresponden exclusivamente a la CREG, como lo es la definición de esquemas tarifarios.

Explicaron que el diseño de mecanismos contractuales para garantizar la eficiencia tarifaria cuenta con parámetros regulatorios competitivos que hoy están en funcionamiento.

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“Por tanto, se debe revisar que cualquier desarrollo adicional no incumpla el principio de neutralidad, generando sesgos o trato preferencial a algunos actores del mercado, produciendo distorsiones que podrían afectar en últimas a los mismos usuarios”, manifestaron.

Además, solicitaron ponderar la necesidad de una medida como la anunciada, cuando la CREG, bajo sus funciones actuales, ya puede establecer esquemas diferenciales de contratación, lo cual ha hecho en tiempos recientes.

  1. Modificaciones a la conformación de la CREG (artículo 6)

Andesco, Acolgen, Andeg, Asocodis, Naturgas, ACP, Cámara Colombiana de la Energía, ACCE, Agremgas, Gasnova, ANDI y Asoenergía insistieron en que la definición de los miembros de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) debe estar regida por criterios fundamentados de experiencia en cargos directivos y formación técnica.

Todo en pro de garantizar que la toma de decisiones frente a asuntos regulatorios tan relevantes como las tarifas para los usuarios, sean objetivas y basadas en análisis técnicos.

“La regulación económica y técnica del sector energético requiere conocimiento especializado, visión sistémica e independencia, en línea con lo recomendado por la OCDE. En tal sentido, los integrantes deben contar con idoneidad comprobada, experiencia específica en el sector en roles de responsabilidad y neutralidad institucional, tal como ha sido ratificado recientemente por el Consejo de Estado en la Sentencia C-048 de 2025”, recordaron.

Así las cosas, los gremios ven que cualquier ampliación de la composición debe evitar diluir la capacidad técnica de decisión y salvaguardar la objetividad regulatoria.

“Sin embargo, observamos que la propuesta de integración de actores con representación y/o intereses específicos sin la idoneidad antes referida, o con limitada experiencia, puede generar sesgos y riesgos para la objetividad de la toma de decisiones regulatorias, lo cual puede traducirse en errores regulatorios que afectarían gravemente tanto a usuarios como a empresas, desconociendo las responsabilidades administrativas o fiscales en las que incurren los tomadores de decisiones en estos casos”, plasmaron en la carta al Gobierno Nacional.

Adicionalmente, para las agremiaciones dicho planteamiento limitaría la participación a algunos actores relacionados con las decisiones a tomar por parte de la Comisión, lo que puede generar un posible conflicto de intereses.

Ahora bien, entendiendo que lo que se busca con este artículo es una mayor participación ciudadana en la construcción regulatoria, los gremios consideraron que esta se debe garantizar mediante los procesos de consulta pública, talleres y demás espacios participativos durante la elaboración de medidas regulatorias.

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De manera que se asegure tiempos suficientes de consulta y una interacción de todos los actores involucrados, como lo son los representantes de los usuarios.

Aun así, piden que sea a CREG -con su perfil técnico e independiente- el órgano que evalúe la pertinencia y viabilidad de los comentarios con base en los criterios regulatorios definidos en la ley.

De otra parte, señalaron que reducir la experiencia mínima para ser experto comisionado de mínimo seis a cinco años representa un retroceso en la calidad técnica, teniendo en cuenta que otras comisiones de regulación inclusive requieren una experiencia entre ocho y diez años.

“La OCDE ha recomendado mantener la independencia técnica de los entes reguladores. Cualquier reforma debe alinearse con estas recomendaciones”, resonaron.

  1. Modificación de los principios regulatorios tarifarios (artículo 7)

“Este artículo introduce elementos tarifarios que condicionan, y en algunos casos, desvirtúan la labor y funciones asignadas por Ley al regulador, irrumpiendo el principio de suficiencia financiera con respecto a la remuneración de las actividades del servicio de energía y vulneran el derecho a la libre competencia económica establecido en el artículo 333 de la Constitución”, pusieron sobre la mesa los gremios por medio de la carta.

Esto porque, según las entidades, pone en riesgo la prestación y sostenibilidad del servicio público de energía eléctrica para los usuarios.

Así las cosas, pidieron que se revise la constitucionalidad de todo el texto de este artículo, garantizando la plena aplicación de la regulación económica por parte de la Comisión en la definición de tarifas.

Además, para las representaciones empresariales, facultar a las comisiones de regulación para cobrar cargos que estén orientados al cumplimiento de fines solidarios y retributivos, respetando el principio de recuperación de costos, significa, en otras palabras, autorizarlas para establecer subsidios cruzados y, en últimas, tributos.

“El problema estriba en que las Comisiones de Regulación no están dentro de las entidades autorizadas por la Constitución para imponer contribuciones fiscales o parafiscales (art. 338 CP), ni para diseñar un esquema de solidaridad distinto al definido por el legislador (art. 367 CP)”, alertaron.

  1. Modificación de las fórmulas tarifarias (artículo 8)

En este punto, los gremios indicaron que el texto propuesto habilita la modificación excepcional de fórmulas tarifarias en cualquier momento, abriendo espacio a intervenciones poco técnicas bajo argumentos amplios y subjetivos.

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Sobre todo, en momentos en los que la regulación debe responder a criterios objetivos, basados en evidencia técnica.

“Permitir ajustes ad hoc debilita la estabilidad del marco regulatorio, lo que tendría efectos contraproducentes tanto para los usuarios, al exponerlos a tarifas impredecibles, como para los prestadores, al generar incertidumbre en la recuperación de las inversiones”, precisaron.

Y agregaron que “el artículo 126 de la Ley 142 debe preservar el principio de seguridad jurídica y estabilidad tarifaria”.

Los gremios concluyeron con un compromiso con la mitigación de impactos de cargas tarifarias que pueden afectar a los usuarios más vulnerables.

Por ello, insistieron en que los cambios deben lograrse a través de decisiones regulatorias técnicas, basadas en análisis de alternativas e impactos con suficiente evidencia argumentativa y beneficios positivos para el mercado, sus agentes y sobre todo para los usuarios.

Acciones que, para las agremiaciones, eviten generar inestabilidad e impactos regresivos para los usuarios.