La Sección Quinta del Consejo de Estado decidió este 21 de agosto de 2025 negar la demanda de nulidad electoral presentada contra la elección de Luz Adriana Camargo Garzón como fiscal general de la Nación.
Con esta sentencia de única instancia, el alto tribunal cerró la discusión sobre la legalidad de su designación.
Los demandantes habÃan señalado que el proceso de elección presentaba múltiples irregularidades.
Entre ellas, que la terna enviada por el presidente de la República no incluÃa a ningún hombre; que esta se desintegró tras la renuncia de Amelia Pérez Parra; que Camargo habrÃa sido elegida en una sesión previa con 13 votos; y que la terna fue modificada sin justificación suficiente.
También alegaron falta de motivación y posibles presiones sobre los electores.
El Consejo de Estado, tras estudiar los argumentos y las pruebas, concluyó que no se configuraban causales de nulidad.
Explicó que la Constitución solo obliga al presidente a garantizar que al menos una mujer integre la terna, pero no establece la inclusión de un hombre como requisito.
Además, sobre la renuncia de Pérez, la Sala precisó que esta fue presentada ante la Corte Suprema de Justicia, organismo elector, y no ante el presidente, que es la autoridad competente para postular, por lo cual dicha renuncia no tuvo efectos jurÃdicos.
Respecto a la supuesta elección anticipada, el alto tribunal indicó que no existió tal irregularidad, pues la candidata no alcanzó la mayorÃa exigida de 16 votos, ya que solo obtuvo 13 en la sesión cuestionada. También aclaró que la primera terna enviada carecÃa de soportes documentales que acreditaran el cumplimiento de requisitos por parte de las postuladas, lo que justificó los ajustes hechos por el presidente.
En conclusión, la Sección Quinta señaló que no hubo infracción de normas superiores, expedición irregular ni vicios que afectaran el proceso. Por ello, ratificó en firme la elección de Luz Adriana Camargo Garzón como fiscal general de la Nación.
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