Gobierno De la Espriella podría reactivar el fracking sin pasar por el Congreso

El fracking vuelve al debate energético de Colombia con una ruta jurídica que podría permitir al Gobierno De la Espriella avanzar sin esperar una nueva ley.

Compártelo en:

El fracking vuelve a estar en el centro de la política energética colombiana, esta vez por el cambio de Gobierno y por una discusión jurídica que podría definir qué tan rápido la administración de Abelardo De la Espriella puede avanzar en esta actividad.

Lea también: Nuevo presidente de Junta de Ecopetrol sugiere hacer fracking «ya, no estamos para pilotos»

Mientras el gobierno de Gustavo Petro dejó radicado ante el Congreso un proyecto para prohibirla, la nueva administración ha planteado utilizarla como una herramienta para fortalecer la producción de hidrocarburos y la seguridad energética.

La diferencia entre ambas posiciones es de fondo. El 20 de julio de 2026 fue radicado en el Senado el Proyecto de Ley 011 de 2026, que busca prohibir en Colombia la exploración y producción de determinados yacimientos no convencionales y el uso del fracking. El texto plantea prohibir la técnica y establece un régimen de transición para contratos y licencias ambientales.

Sin embargo, la existencia de ese proyecto no significa que el fracking esté actualmente prohibido por una ley. De acuerdo con el análisis jurídico de José Vicente Zapata, socio de Holland & Knight, el marco regulatorio de los yacimientos no convencionales continúa existiendo y la discusión sobre una eventual prohibición definitiva corresponde al Congreso.

¿De la Espriella puede reactivar el fracking sin una nueva ley?

Zapata explica que actualmente las actividades relacionadas con yacimientos no convencionales están reguladas por el Decreto 3004 de 2013 y la Resolución 90341 de 2014 del Ministerio de Minas y Energía. Según el abogado, la validez jurídica de este marco fue ratificada por el Consejo de Estado en una sentencia del 7 de julio de 2022.

El propio Consejo de Estado informó en 2022 que negó las pretensiones de una demanda que buscaba anular esas normas. La alta corte señaló que los actos demandados correspondían a reglamentos técnicos y que la actividad de los yacimientos no convencionales no estaba prohibida por el ordenamiento jurídico.

Fracking en el nuevo Congreso: Petro buscará prohibirlo y De la Espriella apuesta por reactivarlo

Por eso, la respuesta del experto es contundente: el nuevo Gobierno no necesariamente tendría que esperar al Congreso para impulsar una política de reactivación, siempre que actúe dentro del marco jurídico existente.

La habilitación efectiva de las actividades de fracturación hidráulica depende de la ejecución de una política pública en ese sentido”, explicó Zapata. Y agregó un elemento determinante: “actualmente, no existe en el ordenamiento jurídico colombiano una ley que prohíba expresamente la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales”.

Esto marca una diferencia importante: para prohibir de manera expresa el fracking sí se necesita una decisión legislativa, mientras que para impulsar la actividad el Gobierno puede actuar dentro de las competencias regulatorias que ya existen.

¿Qué tendría que hacer el Gobierno de De la Espriella?

Que exista una vía regulatoria no significa que el Ejecutivo pueda ordenar que mañana comiencen operaciones de fracking en Colombia. Zapata identifica cuatro pasos que tendría que adelantar el Gobierno: reactivar los instrumentos regulatorios vigentes, definir criterios para incorporar el desarrollo científico más reciente, actualizar —si es necesario— los requisitos técnicos, ambientales y sociales, y garantizar que las autoridades expidan oportunamente las autorizaciones correspondientes.

En particular, entrarían en juego entidades como la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los proyectos también necesitarían cumplir con licencias ambientales, permisos sectoriales y los procedimientos de participación ciudadana. Cuando corresponda, además, tendría que surtirse la consulta previa con comunidades étnicas.

Puede interesarle: Gobierno De la Espriella reactivará el fracking en Colombia: ¿Hay fecha?

Por eso, entre una decisión política de reactivar el fracking y el inicio de una operación comercial existe un proceso regulatorio que puede tomar tiempo. Abelardo De la Espriella ha planteado que el fracking debe volver a ser considerado dentro de la estrategia para recuperar el sector minero-energético.

El presidente ha defendido la idea, pero también ha insistido en que cualquier desarrollo tendría que mantenerse dentro de las reglas ambientales: “Por encima de lo que sea, nunca se ha señalado eso. Ni José Manuel (Restrepo) ni yo. Somos hombres que respetamos el Estado de derecho; no se hará nada por fuera de la norma ambiental”, afirmó De la Espriella.

Alarma por posible venta del negocio de fracking que tiene Ecopetrol en EE. UU.: expertos piden frenar la medida de Petro

El mandatario también marcó una línea sobre las zonas donde no estaría dispuesto a permitir este tipo de actividades: “Bajo ninguna circunstancia vamos a intervenir páramos ni lugares protegidos”.

Su argumento no se limita al aumento de la producción de petróleo y gas. De la Espriella ha relacionado el potencial de los yacimientos no convencionales con las finanzas públicas, Ecopetrol y la seguridad energética.

“Es imposible pensar en cerrar el hueco fiscal y crecer si no activamos ese motor de la economía colombiana, pero eso tiene que hacerse de manera responsable con el medioambiente”, sostuvo.

La posición de Fabio Arjona, designado como ministro de Ambiente, también apunta a una eventual posibilidad de desarrollar la técnica, pero bajo restricciones ambientales.

Arjona aseguró que no se podría hacer fracking en áreas protegidas ni en lugares donde el ordenamiento territorial lo impida: “No se puede hacer fracking en un área protegida, en donde el ordenamiento territorial lo limite de acuerdo con el tema de ordenamiento vigente en la ordenación del país”, señaló.

El funcionario añadió que el potencial identificado para esta actividad se concentra en una porción reducida del territorio colombiano y que cualquier eventual proyecto tendría que someterse a vigilancia ambiental.

“En el 2 % del territorio nacional donde se tiene potencial de fracking, el ministerio tiene que supervisar que se haga con los mejores estándares de la industria”, afirmó Arjona.

Su planteamiento también conecta el fracking con la seguridad energética: “es aprovechamiento que necesitamos para nuestra seguridad energética como es el gas producto del fracking y con un especial cuidado por el agua”.

A la vez, reiteró que la actividad no podría desarrollarse “ni en áreas protegidas ni en ecosistemas sensibles que puedan tener afectación con una actividad determinada”.

Una eventual reactivación tampoco estaría libre de controversias judiciales. Zapata anticipa que cualquier medida orientada a impulsar el fracking podría ser demandada por sectores que históricamente se han opuesto a esta política energética. El abogado señala que el marco regulatorio ya ha sido revisado por la Corte Constitucional, el Consejo de Estado y tribunales administrativos.

Pero también hace una precisión importante: esos riesgos no significan que la actividad sea jurídicamente imposible: “Los cuestionamientos descritos no implican la inviabilidad jurídica de las actividades de fracturación hidráulica”, señala Zapata. Según su análisis, los proyectos que cuenten con una justificación técnica sólida, cumplan rigurosamente los estándares ambientales y garanticen una adecuada participación tendrían una base jurídica para enfrentar los controles administrativos y judiciales.

También puede leer: Ministra de Minas y Energía traza ruta: seguridad energética, abastecimiento de gas y fracking técnico

El principal cuello de botella podría estar, por tanto, en los procesos de licenciamiento, las consultas con comunidades, la evaluación ambiental y los eventuales litigios. La experiencia regulatoria muestra que los tiempos efectivos pueden extenderse por decisiones administrativas, verificaciones técnicas y actuaciones judiciales.