CREG propone cambios a las reglas de autogeneradores y comunidades energéticas en Colombia

La CREG ajustará aspectos para autogeneradores a pequeña escala, generadores distribuidos, esquemas colectivos y comunidades energéticas.

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La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) publicó para comentarios el Proyecto de Resolución 701-097 de 2025 que busca ajustar aspectos relacionados con los autogeneradores a pequeña escala (AGPE), los generadores distribuidos (GD), esquemas colectivos y comunidades energéticas en Colombia.

Aunque el objetivo central es afinar algunos procedimientos que habían generado vacíos o incertidumbres en la operación del mercado, desde distintos sectores se advierte que se trata de un avance parcial.

En particular, señalan que no se abordan los problemas estructurales que han limitado el crecimiento de la generación distribuida en Colombia, como las demoras en la legalización de puntos de conexión y la falta de tiempos adecuados para materializar proyectos.

Reconocimiento transitorio de excedentes y ajustes contractuales

Uno de los ejes principales de la propuesta está en la liquidación de excedentes de energía.

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La Resolución 101 072 de 2025 había definido que estos serían remunerados con base en el promedio ponderado de contratos (Mc), en lugar del precio de bolsa horario.

Sin embargo, como la metodología definitiva aún no ha sido expedida, la CREG plantea un esquema transitorio que mantiene la remuneración a precio de bolsa hasta que entren en vigor las nuevas reglas.

El proyecto establece que los contratos vigentes deberán ser actualizados y registrados nuevamente una vez se adopte la metodología del Mc, lo que implicará un proceso de renegociación entre generadores y comercializadores.

Mientras tanto, se incluyen anexos transitorios para garantizar la continuidad de las operaciones y evitar vacíos en la liquidación.

Un elemento novedoso es el tratamiento de los llamados excedentes negativos (Exc_Neg). En los casos en que la demanda de un comercializador resulte negativa tras descontar los excedentes de sus usuarios, ese valor será reconocido como generación real y remunerado en bolsa.

Esta definición estaría corrigiendo un vacío normativo que generaba incertidumbre en la liquidación de estas situaciones atípicas.

Cambios de la CREG para comunidades energéticas y esquemas colectivos

El proyecto de resolución también introduce modificaciones para las comunidades energéticas, figura reconocida en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.

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Se ratifica que podrán operar con una capacidad máxima de 5 MW y se amplía su alcance, de manera que no dependan exclusivamente de fuentes no convencionales de energía renovable, sino que también incorporen otros recursos energéticos distribuidos, tecnologías de respaldo o soluciones de eficiencia.

En cuanto a los esquemas colectivos, el documento plantea reglas más claras para la distribución de excedentes entre los miembros de una comunidad, con la posibilidad de liquidación agrupada o individual según el tipo de proyecto.

Los comercializadores, por su parte, asumirán mayores responsabilidades administrativas: deberán unificar ciclos de facturación, reflejar en sus contratos de condiciones uniformes las nuevas reglas y mantener actualizada la información que entregan al Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC).

Opiniones encontradas en el sector

Los ajustes propuestos han generado reacciones diversas. Miguel Hernández Borrero, CEO de Energy Power Green SAS y fundador de la Asociación Colombiana de Energía Solar (Acosol), considera que el alcance del proyecto es limitado:

“No se introducen cambios estructurales que permitan superar los cuellos de botella que hoy afectan la generación distribuida. Persisten las dificultades en la solicitud y legalización de puntos de conexión, la falta de ampliación de los plazos de vigencia y las barreras en procesos clave que han retrasado proyectos en todo el país”.

En contraste, Hemberth Suárez Lozano, socio fundador de OGE Energy, resalta los avances que sí introduce el texto: “El reconocimiento de excedentes negativos como generación real, la continuidad en la liquidación transitoria y la ampliación de las comunidades energéticas son medidas que aportan mayor claridad”.

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No obstante, también advierte que los comercializadores asumirán más responsabilidades contractuales y que los agentes enfrentarán un nuevo ciclo de renegociaciones cuando se expida la metodología definitiva.

Hay que decir que el proyecto de Resolución pretende ser un paso intermedio dentro del proceso de transición regulatoria en generación distribuida.

Si bien permite dar continuidad a la operación del mercado y aclara aspectos críticos, no resuelve todavía los problemas de fondo que limitan el crecimiento del sector.

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