La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) de Colombia publicó un borrador de acuerdo que darÃa paso a la firma de un nuevo contrato de explotación de petróleo en el paÃs, pero en unas circunstancias puntuales, ¿cuáles son?
Según el documento borrador de un acuerdo hecho por la ANH, se adicionarÃa el siguiente artÃculo al Acuerdo 03 de 2022:
Contratación Temporal de la Explotación: La Agencia Nacional de Hidrocarburos podrá contratar de forma directa y temporal la explotación de áreas que le hayan sido devueltas debido al fin de su perÃodo de producción o a la reversión de concesiones, siempre y cuando el Valor Presente Neto de su suscripción sea superior para la Nación en comparación con la no firma del contrato.
Asà las cosas, de acuerdo con la Agencia, pasados dos años desde la firma del contrato, la ANH seleccionará -mediante el proceso de selección de contratistas de que trata el ArtÃculo 16 del Acuerdo 3 de 2022 o de los previstos en las normas que lo adicionen o modifiquen- a la persona jurÃdica responsable de llevar a cabo la explotación del área hasta que se agote el recurso o hasta que deje de ser económicamente viable su explotación.
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Lo anterior, siempre y cuando los estudios y análisis respectivos determinen su viabilidad económica para los intereses del paÃs.
Además, también se autorizarÃa a la Agencia Nacional de Hidrocarburos para que ajuste el modelo de Minuta de Producción Compartida (aprobada mediante el Acuerdo 6 de 2022) en armonÃa con lo previsto en lo mencionado anteriormente en el artÃculo sobre Contratación Temporal de la Explotación.
Según la ANH, esto se llevarÃa a cabo con aquellos apartes que resulten necesarios y pertinentes para sacar adelante la contratación de la explotación de las áreas que revierten o son devueltas a la Nación.
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Estos movimientos estarÃan aparados, entre otras cosas, en el artÃculo 76 de la Ley 80 de 1993 que somete los contratos de exploración y explotación de recursos naturales no renovables a la legislación especial aplicable y dispone que las entidades dedicadas a dichas actividades determinarán en sus reglamentos internos el procedimiento de selección de las empresas para firmar nuevos contratos de petróleo y gas.
Y en el Decreto Ley 4137 de 2011 que señala la naturaleza jurÃdica de la ANH y su objetivo que comprende la administración integral de las reservas y recursos de hidrocarburos propiedad de Colombia, promoción y aprovechamiento óptimo y sostenible de los mismos, asà como la contribución a la seguridad energética del paÃs.
A continuación, más detalles del borrador del acuerdo:
Al respecto, la ANH le dijo a Valora Analitik que el borrador del acuerdo aplica para un caso en especÃfico -y no para varios contratos de petróleo y gas ya que el documento no es muy claro en eso-.
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«Es con el caso del Campo Trinidad del contrato de concesión Yalea (el ultimo contrato de concesión vigente en el paÃs), que finaliza el ocho de septiembre de 2023, luego de 40 años de explotación, el cual es operado por la compañÃa Perenco Colombia», indicó la entidad.
La ANH agregó que, teniendo en cuenta que la producción de campo son 220 barriles de petróleo por dÃa y que se estiman unas reservas de 1,5 millones de barriles, el objetivo es continuar producción estos barriles y drenado las reservas mencionadas.
Por esta razón, según la ANH, se debe tener un vehÃculo que obedezca a cumplir tal fin, teniendo en cuenta la finalización del contrato de concesión, que este caso seria el acuerdo 03 de 2022.