Con el propósito de ampliar el acceso a soluciones de vivienda y reducir las vulnerabilidades asociadas a la falta de recursos para cubrir el arriendo, el Distrito puso en marcha el programa Arrendamiento Temporal Solidario, liderado por la Secretaría de Hábitat de Bogotá. Esta iniciativa ofrece un apoyo económico destinado a facilitar el pago del canon mensual de arrendamiento para hogares que enfrentan limitaciones económicas y riesgos de desalojo, con el fin de fortalecer su estabilidad habitacional en el corto plazo.
El programa consiste en un aporte monetario entregado una sola vez, que cubre total o parcialmente el valor del arriendo durante un periodo máximo de seis meses. Esta medida busca que las familias con menos recursos puedan mantener su lugar de residencia mientras gestionan alternativas más estables. El beneficio está dirigido únicamente a hogares cuyos ingresos no superen un salario mínimo legal mensual vigente y que, adicionalmente, cumplan los criterios de especial protección definidos por la Secretaría Distrital del Hábitat para el año 2025.
De acuerdo con lo informado por la administración distrital, el monto del subsidio puede ascender a $882.570, lo que representa un apoyo temporal para quienes cumplen los requisitos establecidos. Aunque su duración es limitada, el auxilio pretende aliviar de manera concreta la carga económica de los hogares que enfrentan mayores obstáculos de acceso a vivienda formal en Bogotá.

¿Cómo aplicar al beneficio de más de $800.000 para pagar arriendo?
El proceso de selección está estructurado bajo criterios que buscan garantizar transparencia y focalización. Para ser tenidos en cuenta dentro de la convocatoria, los interesados deben cumplir varias condiciones. La persona que encabece el hogar debe ser mayor de edad y los ingresos familiares no pueden exceder el tope permitido. Asimismo, ninguno de los integrantes puede ser propietario de vivienda en Colombia, salvo las excepciones contempladas en la normativa vigente. Tampoco podrán postularse quienes hayan sido beneficiarios previos de un subsidio de vivienda aplicado.
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Otro requisito fundamental es que el hogar pertenezca a alguno de los grupos poblacionales priorizados, lo cual deberá demostrarse mediante los documentos correspondientes. Esta clasificación permite dirigir los recursos hacia quienes presentan condiciones particularmente complejas para acceder al mercado de vivienda en arriendo.
La convocatoria se organiza en torno a cinco grupos poblacionales, cada uno con cupos limitados y definidos según las necesidades identificadas por el Distrito. Los grupos son: víctimas del conflicto armado; personas con discapacidad; familias afectadas por desastres o emergencias recientes; mujeres cuidadoras que encabezan su hogar; y recuperadores de residuos reciclables registrados ante la UAESP. Esta focalización busca asegurar que el subsidio llegue a sectores con barreras significativas para acceder a soluciones habitacionales adecuadas
La inscripción se realiza de manera virtual a través de la plataforma oficial de la Secretaría de Hábitat. Los hogares deben cargar varios documentos en formato PDF, entre ellos las copias de los documentos de identidad de los adultos, certificaciones laborales o declaraciones que acrediten los ingresos, el contrato de arrendamiento vigente, recibos recientes de servicios públicos y registros fotográficos del inmueble. También es necesario adjuntar los documentos que demuestren la pertenencia al grupo poblacional priorizado, así como la información del arrendador, incluida su certificación bancaria para efectuar el desembolso del subsidio.




