Arriendos en Colombia no pueden subir más que la inflación: sanción para arrendadores es millonaria

Los arrendatarios tienen una serie de derechos en caso de que los arriendos en Colombia suban más que la inflación.

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La Ley 820 del 2003 es la que se encarga de regular todo lo que tiene que ver con los contratos de los arriendos en Colombia, incluyendo la variación máxima permitida cada año.

Justamente la misma norma establece una serie de sanciones en caso de que el dueño de una vivienda decida no tomar la inflación como punto máximo de aumento del pago por el alquiler, incluyendo fuertes multas cuando se presenta un proceso legal a manos del arrendatario.

De esta manera, un inquilino puede presentar un proceso legal ante la Secretaría de Hábitat aduciendo el incumplimiento de este apartado del contrato e iniciando una compensación formal ante la alcaldía local por el aumento mayor de los arriendos en Colombia.

Arriendos, arrendamientos
Arriendos en Colombia. Foto: Valora Analitik

En caso de que el proceso se resuelva en favor del arrendatario, el dueño del inmueble puede llegar a ser responsable de pagar una multa de 100 salarios mínimos.

Existen además otros mecanismos legales en favor del inquilino, en caso de que el arrendador decida aumentar el canon por encima de la inflación, llevando a que el dueño del inmueble pague una indemnización equivalente a 3 meses de arrendamiento.

arriendos en Colombia
Imagen: Generada con IA de Gemini

Arriendos en Colombia: Los otros derechos que tienen los arrendatarios si les suben por encima de inflación

Adicionalmente, la ley protege al inquilino si este si pagando solamente el valor legal (correspondiente al canon anterior + la inflación del año anterior).

En ese caso, se lee también en la norma, el arrendador no puede demandar por mora y tampoco puede solicitar la restitución del inmueble por falta de pago, toda vez que el cobro extra es autoritario e ilegal.

Si el arrendatario quiere entonces dejar el inmueble, no aplicará en ese caso sanción alguna o preaviso, pues se constituye causante para terminar de manera unilateral por incumplimiento de lo acordado.

Para el caso de este año, el precio de los arriendos en Colombia no puede subir más que el 5,10 % que dio a conocer el DANE como inflación del año 2025; tampoco puede subir con base en el 23 % que decretó el gobierno Petro para el salario mínimo.

arriendos en Colombia
Arriendos en Colombia. Foto: Valora Analitik.

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Otro punto que recuerda la norma tiene presente que el aumento del canon no se hace inmediatamente en enero. En cambio, se debe espera hasta la renovación anual del contrato; es decir, el aumento podría darse desde marzo, julio, o incluso hasta cierre de año.