Avanza en Congreso de Colombia ley de transición energética con beneficios tributarios

El ministro de Minas y Energía, Diego Mesa, reveló que la Cámara de Representantes aprobó 42 artículos de la Ley de Transición Energética.

Capacidad mundial de energía eólica instalada crecería 9% hasta 2030
FOTO: Pixabay

El ministro de Minas y Energía de Colombia, Diego Mesa, reveló que la Cámara de Representantes aprobó 42 de 56 artículos del Proyecto de Ley de Transición Energética. Para más información de energía haga clic aquí.

Se espera que este viernes continúe la votación de esta iniciativa que promueve la geotermia, hidrógeno, almacenamiento de energía, captura de carbono y movilidad sostenible.

“Esta ley amplía un poco los beneficios tributarios sobre todo para eficiencia energética e hidrógeno; además plantea unas exigencias para el avance de la geotérmica”, explicó Germán Corredor, director ejecutivo de SER Colombia.

Según el especialista, habrá más atribuciones dentro del Fondo de Energías No Convencionales y Gestión Eficiente de la Energía (Fenoge), ampliándolo para proveer de recursos a proyectos de eficiencia energética e hidrógeno.

Recomendado: Colombia registra récord en beneficios tributarios para energías renovables

En cuanto al hidrógeno, según Corredor, la ley no sólo incentivará con beneficios al hidrógeno verde -que es producido con energías renovables-, sino incluye también al azul que se genera con gas natural.

El director ejecutivo de SER Colombia también manifestó que la medida debería establecer que el Estado sea el que invierta en factibilizar los proyectos de geotérmica; es decir, en la exploración sobre el recurso geotérmico, y luego venderlos a privados.

Por otro lado, el proyecto de ley sostiene la creación de incentivos para las empresas de transporte urbano de pasajeros que utilicen vehículos eléctricos e introduce los sistemas de almacenamiento de energía dentro del objeto y alcance de la Ley 1715 de 2014.

Además, esta ley de 2014 ya concede incentivos para proyectos de renovables como deducción de renta del 50 %; exclusión del IVA; depreciación acelerada; y quita de aranceles para productos vinculados a fuentes de energías renovables.

Recomendado: ¿Vienen cambios para la subasta de renovables en Colombia?

Pero, de acuerdo con Corredor, esta deducción de renta es un beneficio que “solo aplica para las empresas que hace tiempo vienen operando en el país. Las nuevas empresas, al no tener utilidades y, en efecto, no tener qué deducir, terminan compitiendo en desigualdad de condiciones”.

Cabe recordar que el Senado de Colombia aprobó, en 16 de junio, el proyecto de Ley de Transición Energética que busca consolidar a Colombia como líder regional en esta materia.

Convierta a Valora Analitik en su fuente de noticias