Colombia: Gobierno amplía beneficio de devolución del IVA para extranjeros

Además de aplicar a todos los productos gravados con IVA, ahora la devolución aplicará desde un valor menor y su máximo fue duplicado.

El Gobierno de Colombia amplió el beneficio de la devolución del IVA pagado por los extranjeros que visiten el país a todos los productos con dicho impuesto, cuyo valor sea mínimo de 3 Unidades de Valor Tributario (UVT), equivalentes a $108.924 en 2021 y máximo de 200 UVT, es decir $7.261.600.

Anteriormente, solo 12 categorías de productos gravados con el Impuesto al Valor Agregado () estaban sujetas a la devolución para los extranjeros que los compraran y que tuvieran un valor mínimo de 10 UVT y máximo 100 UVT. (Vea aquí más noticias macroeconómicas).

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De acuerdo con la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana, “como el turismo fue una de las actividades más afectadas por la pandemia, trabajamos por su recuperación en varios frentes. Estamos comprometidos en devolverle su importancia en la economía nacional. Tenemos los destinos y la infraestructura, lo cual se complementa con estímulos como esta devolución de ”.

Trámite de devolución más simple

El Gobierno también anunció la simplificación del trámite de para los extranjeros, que deberán solicitarlo a su salida del país y antes del chequeo del equipaje.

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Si el viaje de regreso a su país incluye una escala nacional, la devolución tendrá que solicitarse en el puerto o aeropuerto en el que se chequee el equipaje con destino al exterior.

Para ello, hay varios documentos que el solicitante tendrá que presentar:

• Solicitud de devolución en el formato y mediante del mecanismo indicado por la DIAN.

Factura electrónica con una fecha comprendida entre la fecha de ingreso al país y la fecha de salida.

• Documento que acredite su calidad de turista.

• Cuando sea necesario, debe presentar ante la DIAN los bienes que otorgan el derecho a la devolución del impuesto, con el fin de establecer que efectivamente saldrán del país.

• El turista extranjero deberá tener en cuenta la regulación aduanera del país de destino en cuanto al número de unidades de una misma clase que puede ingresar.

Finalmente, la devolución podrá realizarse mediante abono a la tarjeta de crédito internacional emitida fuera del país e indicada en la solicitud de devolución o en efectivo.

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