La Corte Constitucional se alista para el estudio, a fondo, de lo que fue la reforma pensional del gobierno Petro que aprobó el Congreso de la República y que el mismo alto tribunal puso en espera por la avalancha de demandas presentadas por, entre otros, cambios avalados a Colpensiones.
Mientras se espera la resolución de la postura de la Corte, algunas modificaciones ya se aplican, entre estos la selección de la administradora de fondo pensional, así como la ventana para que las personas con ciertos requisitos puedan cambiarse de fondo.

En el marco de lo que modifica la reforma pensional, Colpensiones es foco de la transformación, toda vez que cambia reglas muy importantes y le da otra naturaleza al régimen de solidaridad, que funciona mediante la ya conocida Ley 100.
La transformación más importante para el fondo público se centra en que pasaría a ser el más importante al recibir casi 19 millones de cotizaciones nuevas, al tiempo que se va a convertir, en caso de recibir el aval de la Conste Constitucional, en un fondo que reinvertirá los ahorros de los trabajadores del país.

Más cambios sustanciales para Colpensiones
Todos los trabajadores pasarán a hacer cotizaciones en Colpensiones y hasta los primeros 2,3 salarios mínimo. Esto quiere decir que si una persona $2 millones, todos sus aportes irán a Colpensiones y una persona con $4,5 millones verán que sus primeros $4 millones se cotizarán, en los porcentajes respectivos, en el fondo público.
De esta manera, el porcentaje de cotización sobre los restantes $500.000 se irá a la administradora privada que haya seleccionado el cotizantes, entre las que funcionan en el país.

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Colpensiones, adicionalmente, pasaría a ser el único pagador de las mesadas en el país de todos aquellos jubilados, incluidos los regímenes especiales que, según el proyecto aprobado por el Congreso, se mantendrán vigentes.




