Luego de que no se lograra concertar una cifra en la mesa tripartita, el Gobierno Nacional definió que el salario mínimo para el 2026 tendría un ajuste del 23 %. De esta manera, esta retribución pasará de $1.423.500 a $1.750.905.
El Ejecutivo también estableció que el auxilio de transporte será de $249.095, por lo que, al hacer el cálculo conjunto, el total de esta remuneración para el año que comienza será de $2.000.000.
No obstante, el ingreso mensual del trabajador es solo una parte de la ecuación. Para las empresas, el ajuste de este salario implica otros gastos, incluyendo aportes obligatorios y otras prestaciones sociales señaladas por la ley.
Con el nuevo incremento salarial, esto es lo que le costaría a un empleador contratar a un trabajador que devenga el mínimo en Colombia.
Salud, pensión y ARL
La Ley 1122 de 2007 establece el monto que deben destinar los trabajadores para cotizar en el Sistema General de Seguridad Social, independientemente de si reciben un salario mínimo o más.
En lo que se refiere a salud, la normativa menciona que esta cotización corresponde al 12,5 % del salario mensual. De este porcentaje, el pago del 8,5 % está a cargo del empleador y el 4 % del empleado. Tomando como base la nueva remuneración mínima, los pagos serían de $148.826 (empleador) y de $70.036 (trabajador).
En materia de pensiones, el aporte es del 16 % (12 % del empleador y 4 % del trabajador). En este caso, los costos para 2026 rondarían los $210.108 y los $70.036, respectivamente.
La legislación laboral también señala que el contratante es el encargado de realizar la afiliación de sus colaboradores a una Administradora de Riesgos Laborales (ARL) y el valor de la contribución se define con base a las actividades que realiza, por lo que varía entre el 0,52 % ($9.104) y el 6,9 % ($120.812).
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Prestaciones y contribuciones parafiscales
Mensualmente, los empleadores también deben responder con una lista de contribuciones obligatorias por cada trabajador que tengan en su nómina. Aquí se incluyen pagos a las Cajas de Compensación Familiar (CCF), al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y al Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena).
Esta aportación es equivalente a un 9 % que se distribuye de la siguiente manera: 4 % para las CCF ($70.036), 3 % para el ICBF ($52.527) y 2 % para el Sena ($35.018). En el caso del mínimo, el cálculo total equivale a $157.581.
Por otro lado, están las prestaciones que se le otorgan al colaborador como la prima de servicios, las cesantías y las vacaciones. En los dos primeros casos, esos aportes tienen un porcentaje cercano al 8,33 % ($166.000), los intereses de las cesantías del 1 % ($20.000) y del 4,17 % ($73.012) para las vacaciones.
En lo asociado a la dotación, y si aplica, el porcentaje es del 5 %, que con el ajuste salarial es equivalente a $87.545.
Considerando todo lo anterior, para una empresa o empleador los costos laborales mensuales por un trabajador con un sueldo mínimo rondarían $3.038.176. Al hacer la suma correspondiente a los doce meses del año, el dato ascendería a cerca de $36 millones y, con relación al año anterior, la diferencia sería de alrededor de $6 millones.
Las reacciones en torno a este aumento han sido variadas. Por un lado, las centrales obreras resaltan que este ajuste dignifica a los trabajadores de más bajos ingresos, mientras que desde otros frentes se ha señalado el impacto que un incremento de esta magnitud podría tener en materia inflacionaria y de generación de empleo.
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