¿Cuándo y cuánto suben arriendos en Colombia?: Fedelonjas explica

La Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas) explicó los ajustes que se evidenciarían en los arriendos en Colombia.

Precio de los arriendos en Colombia
Foto: Valora Analitik.

Luego de que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) publicara el dato de la inflación para el año 2023, la Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas) explicó los ajustes que se evidenciarían en los en Colombia en 2024.

Según la agremiación, los cánones de arrendamiento de vivienda urbana se podrán incrementar hasta un 9,28 % y de acuerdo con el IPC (Índice de Precios al Consumidor) fijado al cierre del 2023 según lo estable la Ley 820 de 2003.

“Los arrendamientos son un aspecto de alto interés para la población colombiana pues el 40,2 % de los colombianos habitan en alquiler y el dato supera el 47 % en las ciudades principales. El incremento del canon afecta no solo a las familias que viven en arriendo sino a los propietarios de las viviendas que en un 85 % pertenecen a los estratos 1, 2 y 3 y, a falta de pensión, devengan sus ingresos de dichos alquileres”, resaltó Mario Ramírez, presidente de Fedelonjas.

Y agregó que el mercado de los arriendos supera los $27,12 billones anualmente y la mayoría de las viviendas en alquiler se concentran en los estratos 1, 2 y 3″, agregó Ramírez.

Arriendo en Bogotá
Arriendo en Bogotá. Foto: tomada de Freepik

¿En qué fecha se subirían los arriendos en Colombia?

De acuerdo con Fedelonjas, es importante tener en cuenta que los arrendamientos no se incrementan automáticamente en enero, sino cuando el contrato cumple 12 meses de haberse firmado o a partir del último incremento.

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Asimismo, el aumento definido es legal siempre y cuando “éste no supere el 1 % del valor comercial del inmueble o de la parte de él que se encuentre arrendada”.

“Este reajuste no aplica para contratos de vivienda firmados antes de 2003 o de alquiler de inmuebles para uso comercial. En usos como locales, bodegas, consultorios, oficinas y los diferentes a vivienda, tanto el valor como el incremento deberán acordarse entre las partes o de acuerdo a lo que quedó consignado en el contrato de arrendamiento”, puntualizó el gremio.

Otros aspectos a tener en cuenta, de acuerdo con las recomendaciones de Fedelonjas son:

  • El incremento es aplicable sólo al momento de la renovación del contrato de arrendamiento y siempre con previa comunicación por escrito o con notificación personal.
  • La notificación del aumento del valor del canon debe hacerse por escrito y a través de correo certificado y debe incluir la fecha en que se empezará a aplicar.
  • Si el arrendador (de vivienda urbana) incrementa el canon por encima de lo establecido en la Ley, el arrendatario puede exigir la terminación del contrato sin estar sujeto al cobro de sanciones económicas.
  • Elija siempre un profesional inmobiliario de reconocida trayectoria que elabore contratos con todas las condiciones legales, resguarde los derechos de las partes y le ayude a elegir el bien más rentable.
  • No haga contratos verbales, siempre deben hacerse contratos por escrito para evitar confusiones o abusos en el futuro.

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