El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia publicó para comentarios un proyecto de decreto por medio del cual espera reglamentar el régimen de los bonos de riesgo.
Este programa permite a las empresas del país, que se han visto afectadas por la crisis de la pandemia, adelantar el reperfilamiento de pasivos a través de la emisión de estos valores.
Dice el proyecto que estos bonos de riesgo podrán negociarse a través de los sistemas de negociación de valores, siempre y cuando exista la previa inscripción en el Registro Nacional de Valores y Emisores (Rnve).
Adicionalmente, dicta el borrador de la normativa que, siempre que la naturaleza del emisor así lo permita, podrán ser convertidos de manera total o parcial en cuotas, partes de interés social o acciones.
Propone el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo que “la suscripción de los bonos de riesgo emitidos como consecuencia de un acuerdo no será obligatoria. En tal sentido, solo serán suscritos por aquellos acreedores que así lo decidan voluntariamente y que tengan capacidad legal para el efecto”.
Finalmente, se establece la posibilidad de que el Fondo Nacional de Garantías (FNG) expida u otorgue garantías o avales para la emisión y colocación de bonos de riesgo.
El plazo para enviar comentarios al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo vence el 11 de febrero de 2021.
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