Esto pasará con el subsidio de transporte tras suspensión provisional del salario mínimo

La norma establece lo que pasará con el subsidio de transporte que se incluye en el salario mínimo tras la decisión que tomó el Consejo de Estado.

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Tras la decisión del Consejo de Estado de decretar la suspensión provisional del acto administrativo relacionado con el salario mínimo, el presidente Gustavo Petro anunció en una alocución pública que el Gobierno expedirá la nueva fijación mediante decreto. La medida abrió un debate jurídico y económico sobre los efectos inmediatos de la providencia y, en especial, sobre el alcance que tendrá para trabajadores y empleadores en el país.

De acuerdo con el auto emitido por el alto tribunal, el Ejecutivo cuenta con un plazo de ocho días para adoptar una nueva determinación. La decisión no implica la eliminación definitiva del salario mínimo, sino la suspensión temporal del acto cuestionado mientras avanza el proceso judicial.

La incertidumbre generada por la medida no solo se concentra en el monto del salario, sino también en los pagos asociados. Entre las principales inquietudes ciudadanas aparece el subsidio de transporte, debido a que la providencia judicial se refiere únicamente al salario mínimo y no menciona de forma expresa dicho auxilio.

Subsidio de transporte en Bogotá
Subsidio de transporte. Foto: tomada de educacionbogota.edu.co

¿Qué pasará con el subsidio de transporte tras decisión del Consejo de Estado?

El subsidio de transporte en Colombia tiene un fundamento legal independiente del salario mínimo. La Ley 15 de 1959 establece que este beneficio corresponde a los trabajadores que devengan hasta dos salarios mínimos mensuales legales vigentes y busca cubrir parte de los costos de desplazamiento desde la residencia hasta el lugar de trabajo.

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Aunque su reconocimiento está atado al nivel de ingresos del trabajador, el auxilio no hace parte de la base salarial. En la práctica, se liquida junto con el salario, pero no se incorpora para calcular aportes a seguridad social ni prestaciones que dependan estrictamente del salario base.

Para 2026, el salario mínimo que había sido fijado alcanzaba los $1.750.905. A esa cifra debía adicionarse el subsidio de transporte, por lo que el ingreso mensual efectivo de los trabajadores beneficiarios resultaba superior al valor nominal del salario mínimo.

Frente a la decisión judicial, el abogado laboralista Juan Esteban Amador, especialista en derecho laboral y seguridad social de la firma Scola Abogados, explicó que la suspensión provisional no altera la existencia del auxilio. Según indicó, la providencia se limita al acto que fijó el salario mínimo y no afecta la normativa que regula el subsidio de transporte.

“Es importante destacar que el auxilio de transporte no ha sufrido ninguna modificación y mantiene su valor actual”, señaló el experto.

Esto significa que, una vez el Gobierno Nacional expida el nuevo decreto con la fijación correspondiente del salario mínimo, el empleador deberá seguir adicionando el subsidio a los trabajadores que cumplan los requisitos legales. La obligación se mantiene, independientemente del porcentaje final de incremento que adopte el Ejecutivo.

Para 2026, el auxilio de transporte fue establecido en $249.095. El monto representa un aumento del 24,5 % frente al valor vigente en 2025, que era de $200.000.