El gobierno del presidente Gustavo Petro presentó el borrador del proyecto de ley que busca convocar una Asamblea Nacional Constituyente, con la que pretende cambiar la Constitución de 1991.
El documento plantea que la nueva Carta Política sería redactada por 71 delegatarios elegidos por voto popular, en un proceso que el Ejecutivo justifica como respuesta al “bloqueo institucional”.
La propuesta establece que la Asamblea sesionaría durante tres meses, contados desde su instalación, la cual ocurriría 30 días después de la elección de los delegatarios por parte del Consejo Nacional Electoral. El órgano tendría la competencia de reformar la totalidad de la Constitución, aunque se aclara que no revocará al Congreso y deberá respetar los compromisos internacionales en materia de derechos humanos, la prohibición del retroceso en derechos fundamentales y el principio de no regresividad social.
Entre los puntos más sensibles, el borrador confiere al presidente de la República facultades extraordinarias por seis meses para expedir normas con fuerza de ley que definan los requisitos para ser delegatario y los mecanismos democráticos para presentar las listas de candidatos.
Composición de la Asamblea
El proyecto contempla que los 71 delegatarios provendrán de distintos sectores sociales:
- 44 elegidos por circunscripción nacional.
- 2 del pueblo afrodescendiente, 2 del pueblo indígena, 2 del pueblo campesino, 2 del pueblo víctima del conflicto armado, 2 del pueblo joven, 2 del pueblo Rrom, 2 del pueblo raizal y palenquero, 6 del pueblo colombiano en el exterior.
- Además, 2 de las madres cabeza de familia y 3 del pueblo LGBTIQ+.
La mitad de los delegatarios de cada grupo deberá ser mujer.
«Bloqueo institucional» como argumento central
La exposición de motivos del proyecto describe el “bloqueo institucional” como un escenario estructural que ha limitado la acción del Ejecutivo y el Legislativo en la garantía de derechos y la implementación de políticas sociales. Cita análisis de juristas y politólogos sobre la rigidez del presidencialismo latinoamericano, señalando que en Colombia las instituciones han llegado a un punto de “parálisis estructural que frustra la realización de los derechos constitucionales”.
De acuerdo con el texto, el mecanismo constituyente es la única vía para reemplazar integralmente la Carta de 1991 y responder a los retos actuales del Estado social de derecho.
La iniciativa subraya que la soberanía reside “exclusivamente en el pueblo”, que sería convocado a decidir mediante referendo si aprueba la instalación de la Asamblea. La consulta incluiría dos preguntas: una sobre la convocatoria misma y otra sobre el alcance de la reforma total de la Constitución.
Aunque el borrador insiste en que el Congreso no sería revocado, el hecho de abrir la puerta a un rediseño completo del orden constitucional plantea un debate jurídico y político profundo sobre los límites del poder constituyente en el actual marco democrático.
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