Este lunes el Tribunal de Medellín decidió negar una acción de tutela que había sido interpuesta por el Grupo Sura en contra de la Superintendencia de Sociedades (Supersociedades).
La compañía buscaba con este recurso demostrar que la entidad había vulnerado los derechos del conglomerado, al pretender que no pudiera ejercer sus derechos como accionista, como el del voto en las asambleas de Grupo Nutresa.
Los magistrados del tribunal expusieron que “en el caso bajo estudio no se acreditó el cumplimiento de los requisitos generales establecidos para la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales”.
La respuesta de Grupo Sura
Una vez se conoció la decisión de la Sala Civil, Grupo Sura contestó argumentando que la tutela en ningún momento significa que hoy no pueda votar en asambleas de Grupo Argos o Grupo Nutresa.
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“Lo que busca es preservar el derecho fundamental al debido proceso y evitar un daño irremediable para Grupo Sura con las decisiones de la Delegatura de Procedimientos Mercantiles de la Supersociedades en procesos que se encuentran suspendidos y en futuras decisiones”, dijeron.
Asimismo, dijo que se debe tener presente que este fallo de tutela puede ser impugnado y puede ser objeto de revisión por parte de la Corte Constitucional.
Es importante anotar que las demandas de Sura ante la SuperSociedades exponían que la familia Gilinski buscaba tomar el control de tres sociedades (Sura, Argos y Nutresa) perjudicando a los accionistas minoritarios de esas tres compañías.
La decisión del órgano judicial de este lunes se conoce previo a la Asamblea Extraordinaria de Nutresa, donde se busca elegir a la Junta Directiva del grupo de alimentos antioqueño.
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