El expresidente Gustavo Petro solicitó formalmente al Congreso de la República autorización para salir de Colombia por un año, tras la terminación de su mandato presidencial.
La petición quedó consignada en una carta fechada el 10 de agosto de 2026 y dirigida a la Mesa Directiva y a la Secretaría General del Senado, tres días después de que Petro terminara su periodo como presidente de Colombia.
En el documento, el exmandatario explicó que busca contar con autorización para atender fuera del territorio nacional diferentes compromisos de carácter personal, social, político y académico durante el próximo año.
La solicitud deberá ser estudiada por la Plenaria del Senado, instancia encargada de conceder el permiso establecido por la Constitución para los expresidentes durante el año siguiente a la terminación de sus funciones.
¿Por qué Gustavo Petro debe pedir permiso para salir de Colombia?
La solicitud de Petro se sustenta en el numeral 3 del artículo 173 y el artículo 196 de la Constitución Política, además del artículo 323 de la Ley 5 de 1992, que regula el funcionamiento del Congreso.
En particular, la Constitución establece que quien haya ejercido la Presidencia de la República no puede trasladarse al extranjero durante el año siguiente a la terminación de sus funciones sin contar previamente con autorización del Senado.

Por esta razón, Petro pidió que el permiso cubra la vigencia de un año y le permita atender los compromisos mencionados en su comunicación sin tener que tramitar una autorización individual para cada salida del territorio nacional.
En la carta, el expresidente también pidió que su solicitud sea llevada a consideración y votación de la Plenaria del Senado en una de sus próximas sesiones.
Esto significa que la petición presentada por Petro no constituye todavía una autorización para salir del país, ya que será el Senado el encargado de decidir si concede el permiso solicitado.
Petro terminó su mandato presidencial el pasado 7 de agosto, después de cuatro años al frente del Gobierno Nacional. La solicitud se produce, por tanto, apenas unos días después de dejar la Casa de Nariño y responde al procedimiento constitucional aplicable a quienes han ejercido la Presidencia de Colombia.




